SIN INFORMACION

CRISTIAN MARCELO GODOY ARAYA/GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

13 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Erika del Carmen Araya Jaime, en representación del condenado Cristian Marcelo Godoy Araya, cédula nacional de identidad N°19.694.104-5, quien dedujo acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile, producto del traslado de su hijo desde el CDP de Antofagasta hacía Colina 2 y actualmente en la Penitenciaria de Santiago, solicitando, se ordene a la recurrida que disponga el traslado del encartado hacia la región de Antofagasta; o se adopte las medidas que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho. Informó la recurrida al tenor del recurso, instando por su rechazo. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Funda la recurrente su acción, señalando que su hijo fue condenado hace 2 años, y que se encontraba cumpliendo en la cárcel CDP de Antofagasta. Refiere que, cuando fue a visitarlo hace aproximadamente cuatro meses, no estaba en la unidad penal, negándole la recurrida en dicho acto información sobre su paradero. Agrega que, mediante averiguaciones, se enteró de que su hijo se encontraba en Colina, que no ha podido comunicarse con él; que por problemas económicos no lo ha podido visitar ni enviar encomiendas, sin que tenga red de apoyo fuera de la ciudad de Antofagasta. Finaliza, señalando que hace poco le habrían informado que el amparado fue trasladado a la Penitenciario en Santiago, y que su vida corre peligro. SEGUNDO: Que, informó don Rodrigo Salinas Robles, Coronel de Gendarmería de Chile, en su calidad de Director Regional de Antofagasta, y de las unidades penales y especiales de la región, instando por el rechazo de la presente acción. Al efecto, señala que el interno se encuentra cumpliendo condena por el delito de robo con intimidación y porte de arma prohibida, a la pena de 3 años y 1 día, más 5 años y 1 día, producto de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Antofagasta, siendo un interno de mediano compromiso delictual, con reincidencia declarada, quien no se adaptó al régimen interno de la unidad penal siendo refractario del sistema. Continúa señalando que, el traslado del amparado obedece a la Resolución Exenta DN N°5950, de fecha 13 de septiembre de 2024 del Subdirector Operativo de Gendarmería de Chile, por medidas de seguridad institucional, ya que conforme al informe técnico de la unidad de origen, corresponde a un interno que no se ha adaptado al régimen del establecimiento, sumado a que al ser el CCPC de Antofagasta una unidad concesionada, debe constantemente realizar movimiento de población penal debido a que está próximo a alcanzar su capacidad de diseño, lo que ocasiona un riesgo inminente a la seguridad penal, propiciando hacinamiento, desórdenes, evasiones y riñas que ponen en riesgo no solo al amparado o a la población penal, sino que también al personal de Gendarmería de Chile. Hace presente que el traslado tuvo lugar previo informe técnico N°538 de fecha 13 de septiembre de 2024, del cual se establece la conducta refractaria del amparado, al registrar participación en dos eventos; uno con fecha 11 de septiembre de 2024 “internos se cambian de celdas sin autorización, falta de respeto a funcionario y resistencia activa en de módulo 53”; y otro con fecha 17 de abril de 2024 “Hallazgo de sustancia ilícita.” Enseguida, se remite al D.L. N°2859 del Ministerio de Justicia, particularmente su artículo 3, letra a); así como también artículo 6; D.S. N°518/1998 del Ministerio de Justicia; y Resolución Exenta N°5055, para seguidamente rechazar la infracción normativa al artículo 53 y que dice relación con el ejercicio del derecho a visitas, por resultar claro que dicha norma señala expres

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema del 19 de diciembre de 1932, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por Erika del Carmen Araya Jaime, en favor de Cristian Marcelo Godoy Araya, en contra Gendarmería de Chile. Regístrese y comuníquese. Rol 38-2025 (Amparo)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a trece de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: La comparecencia de Erika del Carmen Araya Jaime, en representación del condenado Cristian Marcelo Godoy Araya, cédula nacional de identidad N°19.694.104-5, quien dedujo acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile, producto del traslado de su hijo desde el CDP de Antofagasta hacía Colina 2 y actualmente en la Pe

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