SIN INFORMACION

DIAZ/SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR

Rol

Fecha

19 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, especialmente que el informe evacuado por el Servicio Nacional de Migraciones da cuenta que el domicilio de la recurrente corresponde a la comuna de Pichilemu, y visto lo dispuesto en el artículo primero y segundo del Auto acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara INCOMPETENTE esta Corte para conocer la presente acción constitucional, debiendo remitirse los antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Rancagua, para el conocimiento y resolución del presente recurso. N°Protección-7512-2025.(acl)

Fallo

Fallo del Recurso de Protección, se declara INCOMPETENTE esta Corte para conocer la presente acción constitucional, debiendo remitirse los antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Rancagua, para el conocimiento y resolución del presente recurso. N°Protección-7512-2025.(acl)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, diecinueve de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, especialmente que el informe evacuado por el Servicio Nacional de Migraciones da cuenta que el domicilio de la recurrente corresponde a la comuna de Pichilemu, y visto lo dispuesto en el artículo primero y segundo del Auto acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fall

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica