EN FAVOR DE SIMON IGNACIO SÁNCHEZ CARO EN CONTRA DE I. CORTE DE APELACIONES DE TALCA
Rol
Fecha
13 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Vistos: 1° Que, el presente recurso de amparo se ha deducido directamente ante esta Corte en contra de la resolución de fecha 10 de febrero de 2025 dictada por la Segunda Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, en causa RIT 617-2021, RUC 2110020300-3 del Juzgado de Garantía de Cauquenes, por considerar que dicha Corte se encontraría inhabilitada para conocer el presente recurso de amparo, recurriendo ante esta Corte en su calidad de subrogante legal. 2° Que, de los antecedentes acompañados al recurso, no consta que dicho tribunal de alzada se haya declarado inhabilitado, por lo que no ha operado aún la subrogación de que trata el artículo 216 del Código Orgánico de Tribunales. 3° Que, en consecuencia, el presente recurso de amparo debe ser conocido por el Tribunal naturalmente competente, que no es otro que el dispuesto en el artículo 55 letra J) del Código Orgánico de Tribunales. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que esta Corte es incompetente para conocer el presente recurso de amparo, en tanto no opere la subrogación legal establecida en el artículo 216 del Código Orgánico de Tribunales. Remítase estos autos a la Corte de Apelaciones de Talca, para los fines pertinentes. Rol Corte 74-2025 Amparo.
Fallo
se declara que esta Corte es incompetente para conocer el presente recurso de amparo, en tanto no opere la subrogación legal establecida en el artículo 216 del Código Orgánico de Tribunales. Remítase estos autos a la Corte de Apelaciones de Talca, para los fines pertinentes. Rol Corte 74-2025 Amparo.
Texto Completo (Preview)
Aml/Aaa Rancagua, trece de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: 1° Que, el presente recurso de amparo se ha deducido directamente ante esta Corte en contra de la resolución de fecha 10 de febrero de 2025 dictada por la Segunda Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, en causa RIT 617-2021, RUC 2110020300-3 del Juzgado de Garantía de Cauquenes, por considerar que dicha Corte se enc
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