SIN INFORMACION

THERILUS FRANTZ /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.

Rol

Fecha

13 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Frantz Therilus, de nacionalidad haitiano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de Resolución Exenta N°68685851, la que con fecha 24 de enero del año 2025, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país en un plazo de diez días, fundado en no haber pagado la sanción por residencia irregular, lo que estima conculca su libertad ambulatoria. En cuanto a los hechos, indica que ingresó al país vía aérea, cumpliendo los requisitos legales solicitó la residencia definitiva, la que fue rechazada por la resolución que por esta vía se impugna fundado en que no cumplió con pagar la sanción impuesta por residencia irregular. Señala que no fue notificada de que debía pagar la multa impuesta por correo electrónico ni mediante la página, encontrándose en total desconocimiento de la situación y del monto impuesto como sanción. Argumenta que la orden de abandono resulta desproporcionada, si se considera que mantiene arraigo, lleva 4 años en el país y cumple con todos los requisitos para obtener la residencia solicitada. Pide, que se deje sin efecto la resolución recurrida, ordenando que se otorgue una residencia temporal. A folio 8, se evacúa informe por el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Indica que, con fecha 01 de diciembre de 2023, el recurrente solicitó la residencia definitiva, habiendo vencido su residencia anterior el 12 de febrero de 2022, por lo que postuló encontrándose irregular en el país. Refiere que el 11 de noviembre de 2024, mediante comunicación electrónica, le informaron que se encontraba en causal previo rechazo y le otorgaron 10 días para subsanar, en particular, le requirieron el pago de la multa por residencia irregular, del artículo 119 de la Ley 21.325. Manifiesta que, transcurrido el plazo, no subsanó lo requerido, por lo que se dicta la Resolución Exenta N°25038020 de fecha 24 de enero de 2

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por la presente vía cautelar, se solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°25038020 de fecha 24 de enero de 2025, que rechazó la solicitud de residencia definitiva de la recurrente y dispuso su abandono del país en un plazo de diez días, fundado en no haber pagado la sanción impuesta por residencia irregular. Segundo: Que, el servicio recurrido refiere que, mediante comunicación electrónica de 11 de noviembre de 2024, puso en conocimiento a la amparada del previo rechazo, solicitando acompañar el comprobante de pago de multa por residir irregularmente en Chile, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 21.235, documento que no fue acompañado. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes, se advierte que, si bien la actora no ha pagado la multa impuesta en la oportunidad legal que correspondía, se concluye que, al momento de notificar la resolución del rechazo previo, la autoridad administrativa no ha demostrado la efectividad de la notificación de la misma, concluyéndose que aquella no tuvo conocimiento de lo solicitado. Cuarto: Que, conforme a lo anterior, es posible concluir que la decisión de la autoridad recurrida de rechazo de su residencia y el abandono del país se torna ilegal, al haberse incumplido con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 21.325, poniendo en peligro la libertad ambulatoria del amparado, debiendo en consecuencia, acogerse la acción interpuesta como se dirá en lo resolutivo.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo en favor de Frantz Therilus y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta 68685851, la que con fecha 24 de enero del año 2025, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad recurrida otorgar a la actora un plazo no inferior a ciento ochenta días hábiles para acompañar el comprobante de pago, debiendo habilitar la plataforma web para ello, transcurrido el cual deberá resolver su presentación que en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese N°Amparo-450-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Frantz Therilus, de nacionalidad haitiano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de Resolución Exenta N°68685851, la que con fecha 24 de enero del año 2025, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país

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