SIN INFORMACION

CALDERÓN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

13 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente. Primero: Que, folio 1 y 6 comparece el abogado don Diego Alonso Calderón Castillo, a favor de doña Aime del Carmen George Godoy, cubana, cédula nacional de identidad para extranjeros número 27.414.708-3, domiciliada para estos efectos en Avenida Copayapu Nº 2750, Condominio Juana Ross de Edwards, departamento 511-A, comuna Copiapó, Región de Atacama, e interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, por el acto ilegal y arbitrario consistente en no acoger a trámite la solicitud de residencia temporal de la recurrente, mediante comunicación de fecha 11 de noviembre de 2024, lo que perturba el ejercicio de los derechos contemplados en el artículo 19 N°s 2 y 3 de la Constitución Política de la República. Indica que la extranjera ya individualizada, con fecha 28 de octubre de 2020, realizó solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado ante el Departamento de Refugio y Reasentamiento del entonces Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, hoy Servicio Nacional de Migraciones, petición rechazada mediante Resolución Exenta Nº 151.705 de fecha 28 de diciembre de 2021. Posteriormente, dentro de plazo y en virtud del artículo 50 del Decreto Supremo Nº 837 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Reglamento de la ley Nº 20.430, con fecha 9 de abril de 2024, la extranjera realizó solicitud de residencia temporal subcategoría Actividades Lícitas Remuneradas, ante el Servicio Nacional de Migraciones, número 69949226, fundada en un contrato de trabajo como trabajadora de casa particular de fecha 19 de febrero de 2024, con el empleador don José Germán Gamboa Farías, chileno, cédula de identidad número 16.669.795-6. Sin embargo, refiere que mediante comunicación “No acoge a trámite”, de fecha 11 de noviembre de 2024 del Servicio Nacional de Migraciones le informa que no es posible admitir a trámite la solicitud, des

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto a favor de doña Aime del Carmen George Godoy. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-514-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. Copiapó Copiapó, trece de febrero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente. Primero: Que, folio 1 y 6 comparece el abogado don Diego Alonso Calderón Castillo, a favor de doña Aime del Carmen George Godoy, cubana, cédula nacional de identidad para extranjeros número 27.414.708-3, domiciliada para estos efectos en Avenida Copayapu Nº 2750, Condominio Juana Ross de Edwards, departame

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