IVETH JARAMILLO PILALO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
13 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, de 4 de febrero del año en curso, comparece Enrique Patricio Esquivel Marín, cédula nacional de identidad número 14.317.068-3, abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, con domicilio en 1 sur 898, oficina 24, Talca, en favor de la ciudadana ecuatoriana Iveth Katherine Jaramillo Pilalo, número de pasaporte A4379107, con domicilio en Villa Alto Los Esteros 12 sur con 27 Oriente N°104, Talca, quien se encontraba detenida en el Cuartel de la Policía de Investigaciones de Chile PDI, ubicada en 3 Oriente 1282, Talca y afectada por el decreto de expulsión emitido en resolución exenta N°2449126, quien viene en interponer acción constitucional de amparo en contra de Servicio Nacional de Migraciones, R.U.T. 60.501.000-8, representado legalmente por su director nacional don Luis Eduardo Thayer Correa, cédula nacional de identidad N°12.627.882-9, ambos domiciliados para estos efectos en la comuna de Santiago, calle San Antonio N°580, piso 3, Región Metropolitana. Refiere que, con la detención actual de la amparada se está vulnerando el derecho de circular libremente por el territorio nacional y para el caso de sanción por no cumplimiento de firmas establecidas en su condición de autodenunciada, no justificaría en ningún caso su privación de libertad. Arguye que, el artículo 21 de la Constitución Política de la Republica indica expresamente que se vulnera un derecho fundamental de suma importancia cuando alguien es detenido sin haber una razón grave para ello, citando, además, la Ley 21.325. Argumenta que, la amparada ingresó en forma irregular al país proveniente desde Ecuador, buscando una vida más segura y en mejores condiciones de desarrollo. La acción de su parte de ingresar al territorio nacional no tiene una intención de ejercer acciones que pongan en riesgo la tranquilidad de la nación, y sólo se sustenta en una necesidad humana de huir del caos de su país de origen. La detención en el día de hoy resulta a
Fundamentos
considerando que ella tiene una hija menor de edad,
Fallo
por tanto, existe una vulneración al principio de interés superior del niño ratificado por el país, y que sería evidentemente transgredido a juicio de esa parte al ser expulsada. Además, que se ordene la libertad inmediata de la amparada, por estar siendo vulnerado su derecho fundamental en cuestión. Solicita se acoja el recurso de amparo, se restablezca el imperio del derecho y se concede el remedio solicitado con expresa condenación en costas. Al primer otrosí, acompaña decreto de expulsión y cédula de identidad ecuatoriana de Iveth Katherine Jaramillo Pilalo. SEGUNDO: Que a folio 5, de 6 de febrero del año en curso, Cristian Cárdenas Haro, Subprefecto, jefe Departamento de Migraciones y Polint. De Talca, informa indicando que una vez recepcionados los antecedentes se consultó en los diferentes sistemas informáticos de la institución, verificando que el día 22.JUL.022, fue fiscalizada en calle 1 Norte N°1590, local “Brujas Bar”, en donde se realizó la verificación en los sistemas institucionales, estableciendo que ingresó al territorio nacional por paso no habilitado, siendo denunciada por infracción al artículo N°32 N°3, de la Ley 21.325, esto es “Los que ingresen por un paso no habilitado” mediante Informe Policial N° 1.616, de fecha 22.JUL.022, de este Departamento de Migraciones y Policía Internacional Talca. Agrega que, el día 25.OCT.024, se recepcionó en ese Departamento, Resolución Exenta N°24491265, de fecha 25.OCT.024, del Servicio Nacional de Migraciones, en d
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Talca, trece de febrero de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, de 4 de febrero del año en curso, comparece Enrique Patricio Esquivel Marín, cédula nacional de identidad número 14.317.068-3, abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, con domicilio en 1 sur 898, oficina 24, Talca, en favor de la ciudadana ecuatoriana Iveth Katherine Jaramillo Pilalo, n
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