Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Santiago

A.F.P. PROVIDA S.A. CON FISCO DE CHILE

Rol

P-3337-2021

Fecha

5 de julio de 2023

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Don JUAN MANUEL L PEZ ULLONA, Ó Abogado, domiciliado en Av. Los Militares 5885 Piso 13, comuna de Las Condes, en calidad de mandatario judicial de la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PROVIDA, Entidad de Previsi n Social, ó del giro de su denominaci n, y de suó mismo domicilio para estos efectos, interpone demanda en juicio ejecutivo en contra de FISCO DE CHILE, representado por don Juan Antonio Peribonio Poduje, ignora profesi n, con domicilio en calle Agustinas 1687, comuna deó Santiago. Funda la demanda en las circunstancias consistentes en que la demandada adeuda a su representada la suma de $7.229.831.-, por concepto de cotizaciones para fondos de pensiones cuyo monto nominal detalla por cada uno de los cuarenta y ocho meses desde abril de 2015 hasta marzo de 2019, respecto de diez trabajadores, por los periodos, renta imponible y monto nominal que se desglosa en la Resoluci n N 81270039 de fecha 1 de febrero de 2020, que acompa a comoó ° ° ñ t tulo para fundar la ejecuci n. Por lo expuesto y disposiciones legales que invoca,í ó concluye pidiendo tener por interpuesta demanda ejecutiva respecto de la persona jur dica antes individualizada y se despache mandamiento de ejecuci n y embargo ení ó su contra por la precitada suma, m s reajustes, intereses, recargos y costas.á Por resoluci n de fecha uno de febrero de dos mil veintiuno, se tuvo poró interpuesta demanda ejecutiva y se despach mandamiento de ejecuci n,ó ó actuaciones ambas rectificadas por resoluci n de fecha seis de junio de dos miló veintid s.ó Con fecha veintis is y veintisiete de mayo de dos mil veintid s, se notific laé ó ó demanda ejecutiva, de conformidad a lo dispuesto en el Art culo 44 del C digo deí ó Procedimiento Civil, y en rebeld a se tuvo por requerida de pago a la demandada,í respectivamente. En el cuarto otros del escrito de fecha primero de junio de dos mil veintid s,í ó el demandado se opone a la ejecuci n alegando las excepciones consistentes enó existir error de hecho

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Juan Manuel L pez Ulloa, ó Abogado, en calidad de mandatario judicial de la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PROVIDA, interpone demanda en juicio ejecutivo en contra de FISCO DE CHILE, representado por don Juan Antonio Peribonio Poduje. Funda la demanda en las circunstancias consistentes en que la demandada adeuda a su representada la suma de $7.229.831.-, por concepto de cotizaciones para fondos de pensiones cuyo monto nominal detalla por cada uno de los cuarenta y ocho meses desde abril de 2015 hasta marzo de 2019, respecto de diez trabajadores, por los periodos, renta imponible y monto nominal que se desglosa en la Resoluci n N 81270039 de fecha 1 de febrero de 2020, que acompa a comoó ° ° ñ t tulo para fundar la ejecuci n.

Fallo

Por lo expuesto y disposiciones legales que invoca,í ó concluye pidiendo tener por interpuesta demanda ejecutiva respecto de la persona jur dica antes individualizada y se despache mandamiento de ejecuci n y embargo ení ó su contra por la precitada suma, m s reajustes, intereses, recargos y costas.á Por resoluci n de fecha uno de febrero de dos mil veintiuno, se tuvo poró interpuesta demanda ejecutiva y se despach mandamiento de ejecuci n,ó ó actuaciones ambas rectificadas por resoluci n de fecha seis de junio de dos miló veintid s.ó Con fecha veintis is y veintisiete de mayo de dos mil veintid s, se notific laé ó ó demanda ejecutiva, de conformidad a lo dispuesto en el Art culo 44 del C digo deí ó Procedimiento Civil, y en rebeld a se tuvo por requerida de pago a la demandada,í respectivamente. En el cuarto otros del escrito de fecha primero de junio de dos mil veintid s,í ó el demandado se opone a la ejecuci n alegando las excepciones consistentes enó existir error de hecho en el c lculo de las cotizaciones adeudadas y “ á ” El pago de“ la deuda”, ambas fundadas en el hecho de haberse pagado, por la instituci nó demandada, oportunamente las cotizaciones demandadas, lo que consta en los Código: TJXNXGYWYEE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl documentos que acompa a. Por lo expuesto, y disposiciones legales que invoca,ñ concluye pidiendo tener por opuestas las excepciones en tiempo y forma, admitirlas a tramit

Texto Completo (Preview)

Santiago, cinco de julio de dos mil veintitr sé . VISTOS: Don JUAN MANUEL L PEZ ULLONA, Ó Abogado, domiciliado en Av. Los Militares 5885 Piso 13, comuna de Las Condes, en calidad de mandatario judicial de la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PROVIDA, Entidad de Previsi n Social, ó del giro de su denominaci n, y de suó mismo domicilio para estos efectos, interpone demanda en juicio ejecutivo

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