SIN INFORMACION

SAAVEDRA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.

Rol

Fecha

18 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

(MIGR)INCOMPETENCIA(MA)

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Con la nueva cuenta de la señora relatora y teniendo presente que los hechos denunciados ocurrieron dentro del territorio jurisdiccional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, donde produjeron sus efectos, conforme a los documentos acompañados por la propia recurrente y lo informado por el Servicio Nacional de Migraciones, y de conformidad con lo dispuesto en el Nº 1 del Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Protección-461-2025.

Fallo

se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Protección-461-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción IRM/ma Concepción, dieciocho de febrero de dos mil veinticinco. Al escrito “Patrocinio y Poder”: A lo principal: Téngase presente el patrocinio y por acreditada la personería. Al primer otrosí: A sus antecedentes los documentos acompañados. Al segundo otrosí: Estese a lo que se resolverá. Al tercer otrosí: Téngase por cumplido lo ordenado. Visto: Con la nueva cuenta de la se

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