ALFARO ORTEGA LUCAS IGNACIO/JUZGADO DE GARANTIA DE LOS ANDES
Rol
Fecha
12 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: folio 1, comparece Lucas Ignacio Alfaro Ortega, quien interpone acción constitucional de amparo en contra del Juzgado de Garantía de Los Andes, por la vulneración de su derecho a la libertad personal y seguridad individual, garantizados en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, en atención a la medida cautelar de prisión preventiva decretada en su contra en la causa RIT 139-2025, la que considera arbitraria e ilegal. Expone que su representado fue formalizado con fecha 14 de enero de 2025 por el delito de secuestro extorsivo, previsto y sancionado en el artículo 141 inciso tercero del Código Penal, disponiéndose en la misma audiencia la prisión preventiva, por estimarse que su libertad representaba un peligro para la seguridad de la sociedad. Sostiene que dicha resolución fue confirmada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, la cual consideró que los antecedentes del caso permitían presumir fundadamente la participación del imputado en los hechos investigados, así como la necesidad de cautela en virtud de la gravedad del delito imputado. No obstante, indica que han surgido nuevos antecedentes que modifican las condiciones bajo las cuales se decretó la prisión preventiva, particularmente en lo que respecta a la participación que se le atribuye a su representado en el ilícito. Señala que, si bien la Fiscalía ha sostenido que el delito fue cometido por un grupo organizado, los elementos probatorios recabados hasta la fecha no permiten sostener con la misma certeza inicial que su defendido haya tenido un rol determinante en la planificación o ejecución del secuestro, ya que no existen comunicaciones previas que acrediten una coordinación con el resto de los imputados, ni registros que lo sitúen en el lugar de cautiverio de la víctima. Asimismo, manifiesta que, en el transcurso de la investigación, otros coimputados han sido beneficiados con medidas cautelares menos gravosas, pese a que la Fiscalía ha sostenido argumen
Fundamentos
considerando: Primero: Que, conforme al artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, toda persona tiene derecho a la libertad personal y seguridad individual, no pudiendo ser privada de ella sino en los casos y en la forma determinados por la Constitución y las leyes. Segundo: Que, en el caso de autos, se ha interpuesto acción constitucional de amparo en favor de Lucas Ignacio Alfaro Ortega, alegando que la medida cautelar de prisión preventiva decretada en su contra, en la causa RIT 139-2025, resulta ilegal y que han surgido nuevos antecedentes que justificarían su sustitución por una menos gravosa. Tercero: Que, de los antecedentes acompañados, consta que la prisión preventiva fue impuesta por el Juzgado de Garantía de Los Andes en audiencia de formalización de 14 de enero de 2025, en virtud de la imputación del delito de secuestro extorsivo, previsto y sancionado en el artículo 141 inciso tercero del Código Penal. Dicha resolución fue posteriormente confirmada por esta Corte, respecto de otros coimputados, atendida la gravedad del ilícito y la necesidad de cautela. Cuarto: Que, conforme a los elementos tendientes a tener por configurado el ilícito antes referido, con la gravedad que requiere el artículo 140 del Código Procesal Penal, el tribunal estima que son suficientes como fundamento de la prisión preventiva decretada, compartiendo de este modo el criterio del juez a quo, por lo que no se advierte una actuación ilegal en la adopción de la decisión.
Fallo
Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, 139 y 140 del Código Procesal Penal, y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta en favor de Lucas Ignacio Alfaro Ortega, en contra de la resolución de catorce de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Andes. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-226-2025.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, doce de febrero de dos mil veinticinco. Visto: folio 1, comparece Lucas Ignacio Alfaro Ortega, quien interpone acción constitucional de amparo en contra del Juzgado de Garantía de Los Andes, por la vulneración de su derecho a la libertad personal y seguridad individual, garantizados en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, en atención
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