MP C/ FABIAN ENRIQUE DIAZ CARRERO
Rol
Fecha
12 de febrero de 2025
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Atendido el mérito del registro de audio y los antecedentes de que se dio cuenta en la audiencia, se estima justificado el presupuesto material de la medida cautelar de prisión preventiva, establecido en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto del ilícito formalizado, aspecto que no fue cuestionado por la defensa. Lo anterior con el mérito del parte policial y sus anexos, los que dan cuenta de que el imputado fue visualizado por Carabineros de Chile realizando movimientos de mano típicamente atribuibles a la venta de droga, luego de lo cual fue detenido, encontrándosele cocaína base en la forma, cantidad y dosificación indicadas en la formalización. 2°) En cuanto a la necesidad de cautela se tiene en consideración el carácter, forma y lugar de comisión del delito atribuido, lo que unido a que el encartado ha sido condenado en 2 oportunidades por ilícitos de igual o mayor pena, permite entender que su libertad constituye un peligro para le seguridad de la sociedad. Así, de acuerdo con lo anterior y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada por el juez del Juzgado de Garantía de Copiapó, don Ubaldo Basoa Oviedo, en audiencia de cinco de febrero de dos mil veinticinco, que decretó la prisión preventiva del imputado Fabián Enrique Díaz Carrero, por resultar su libertad peligrosa para la seguridad de la sociedad y por peligro de fuga. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-113-2025.
Texto Completo (Preview)
Fecha: doce de febrero de dos mil veinticinco. Sala: Primera. Rol Corte: Penal-113-2025. Ruc N°: 2500167851-8. Rit N°: 1044-2025. Tribunal: Juzgado de Garantía de Copiapó. Ministros: Ministra señora Aída Osses Herrera, ministro señor Pablo Krumm de Almozara y abogado integrante señor Ricardo Garrido Álvarez. Relator: Walter Piñats Aliaga. Abogado Asesor MP: Paula Chávez Navarro. Defensor Pen
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica