ANONIMIZADO
Rol
Fecha
17 de febrero de 2025
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Hugo Tello González, en contra de la resolución de fecha tres de diciembre de dos mil veinticuatro, escrita a folio 32 en el expediente digital, por improcedente. Devuélvase. N°Familia-836-2024.(acl)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Hugo Tello González, en contra de la resolución de fecha tres de diciembre de dos mil veinticuatro, escrita a folio 32 en el expediente digital, por improcedente. Devuélvase. N°Familia-836-2024.(acl)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Hugo Tello González, en contra de la resolución de fecha tres de diciembre de dos mil veinticuatro, escrita a folio 32 en el expediente d
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