C/ FELIX GUILLERMO RIVEROS DIAZ
Rol
Fecha
12 de febrero de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, compartiendo los argumentos del señor juez a quo, estimándose que se configuran los presupuestos materiales previstos en el artículo 140 del Código Procesal Penal y, asimismo, satisfechos los criterios peligrosistas contemplados en la norma, todo lo cual permite estimar que no existen medidas cautelares de menor intensidad que permitan asegurar los fines del procedimiento, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia de nueve de febrero de dos mil veinticinco, por la Juez de Garantía de Coquimbo, que decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Félix Guillermo Riveros Díaz y Kevin Alexander Macaya Maggi, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator (I) don Braulio Meriño Urra. Devuélvase vía interconexión. Rol N°107-2025 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, doce de febrero de dos mil veinticinco. Siendo las 11:09 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Christian Le-Cerf Raby e integrada por los Ministros titulares señora Gloria Negroni Vera y el señor Juan Carlos Espinosa Rojas, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en contra
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