JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE PUERTO VARAS

MALDONADO/CATIN

Rol

Fecha

11 de febrero de 2025

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

visto lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N°18.287 y en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, sin costas, la sentencia de fecha siete de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Policía Local de Puerto Varas, que acogió la querella y demanda de indemnización de perjuicios. No firma la Ministra doña ivonne Avendaño Gómez, quien concurrió a la vista y acuerdo, por encontrarse con permiso Devuélvase. Rol Policía Local N°3-2024.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, once de febrero de dos mil veinticinco. Vistos. El mérito de los antecedentes, habiéndose precisado en forma suficiente el daño emergente alegado, el que fue probado con el mérito de las cotizaciones acompañadas ya desde el momento en que se interpuso la demanda, en concordancia no solo con las fotografías allegadas a la causa, sino que también con la prueba testimonial rendida por

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