5º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SAAVEDRA/AVENDAÑO

Rol

Fecha

17 de febrero de 2025

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandante el veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de veintiséis de noviembre del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-21508-2024.rrs

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandante el veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de veintiséis de noviembre del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-21508-2024.rrs

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Proce

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