SOCIEDAD INGENIERÍA ELÉCTRICA, ENERGÍA Y FUERZA S.A./1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO
Rol
Fecha
11 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Juan Eduardo Vergara Holtshamp, apoderado de la demandada Sociedad de Ingeniería Eléctrica, Energía y Fuerza S.A., en los autos seguidos ante 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago sobre demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, RIT RIT O-6746-2023, e interpone recurso de hecho contra la resolución de 27 de diciembre de 2024 que declaró inadmisible la apelación subsidiaria que dedujo en contra de la resolución que rechazó el incidente de nulidad procesal. Expone que la empresa recurrente fue erróneamente vinculada al presente juicio laboral iniciado por César Hernán Romero Aguilera contra otras empresas, específicamente Ingeniería E-Energy SpA y otras sociedades. Alega que, debido a una confusión en las razones sociales, se utilizó incorrectamente su RUT en la demanda, lo que llevó a que fuera incluida en el proceso sin tener relación con los hechos. Esta situación culminó con el embargo de sus cuentas corrientes en un procedimiento de cobranza laboral. Refiere que presentó un incidente de nulidad procesal por falta de legitimación pasiva y falta de emplazamiento válido el 28 de octubre de 2024, el cual fue rechazado por el tribunal. Al apelar dicha resolución, el tribunal declaró inadmisible el recurso, argumentando que la resolución que rechaza el incidente de nulidad no constituye una sentencia interlocutoria según el artículo 476 del Código del Trabajo. Fundamenta su recurso sosteniendo que existe una errónea interpretación normativa, plantea que toda resolución que falla un incidente es por naturaleza una sentencia interlocutoria apelable conforme al artículo 186 del Código de Procedimiento Civil. Agrega que el artículo 476 del Código del Trabajo, si bien regula la procedencia de la apelación, está establecido para la ritualidad del procedimiento laboral y no para incidencias externas como la nulidad por falta de legitimidad pasiva. En definitiva, solicita que se re
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado Juan Eduardo Vergara Holtshamp, apoderado de la parte demandada Sociedad de Ingeniería Eléctrica, Energía y Fuerza S.A., en la causa RIT O-6746-2023 seguida ante el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en su presentación de tres de enero pasado, contra de la resolución de veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada en la referida causa. Regístrese y archívese. N°Laboral - Cobranza-21-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de febrero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Juan Eduardo Vergara Holtshamp, apoderado de la demandada Sociedad de Ingeniería Eléctrica, Energía y Fuerza S.A., en los autos seguidos ante 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago sobre demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, RIT RIT O
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