RUBILAR/CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO (DS 1036 - LOTE 74-A) ACUMULADO I.C 8590-2024 ( CASACIÓN T APELACIÓN)(DD.HH)(LTE)
Rol
Fecha
11 de febrero de 2025
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
CONFIRMA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: En estos autos sobre demanda de indemnización de daños y perjuicios, interpuesta por don Ricardo Santiago Rubilar Báscur contra el Fisco de Chile, en procedimiento ordinario civil, seguido ante el 29° Juzgado Civil de esta ciudad, en causa Rol N° C-20904-2023, se acumularon dos ingresos, a saber: a) Rol 8166-2024, motivado por la apelación que dedujo el demandante respecto de la sentencia definitiva de veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, que acogió parcialmente la demanda condenando a la demandada a pagar la suma total de $60.000.000, por concepto de indemnización por daño moral, más reajustes e intereses, rechazando las excepciones de cosa juzgada, reparación integral, pago y prescripción alegadas; y b) Rol 8590-2024, a raíz de los recursos de casación en la forma y apelación que interpuso conjuntamente el demandado en contra del mismo fallo. Se ordenó traer los autos en relación, oyendo los correspondientes alegatos.
Fundamentos
Considerando: I.- En cuanto al recurso de casación en la forma deducido por la parte demandada: 1°) Contra el referido fallo, la parte demandada interpone recurso de casación en la forma, por la causal estipulada en el artículo 768 N° 6 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “En haber sido dada contra otra pasada en autoridad de cosa juzgada, siempre que esta se haya alegado oportunamente en el juicio”. Esgrime que la demandante ya ejerció la misma acción y por los mismos hechos y pretensiones, contra el Fisco de Chile, en la causa Rol C-9405-2005 del 5° Juzgado Civil de Santiago, caratulada “Aguilar González / Fisco de Chile”, demanda de indemnización de perjuicios que fue rechazada por sentencia definitiva ejecutoriada de fecha 13 de abril de 2010, al acogerse la excepción de prescripción, siendo confirmada por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. La Corte Suprema también rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la demandante contra la sentencia. Habiendo el vicio influido sustancialmente en el
Fallo
fallo recurrido, solicita que se le anule, dictando sentencia de reemplazo acogiendo la referida excepción. 2°) Que el artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en su inciso penúltimo, dispone que “No obstante lo dispuesto en este artículo, el tribunal podrá desestimar el recurso de casación en la forma, si de los antecedentes aparece de manifiesto que el recurrente no ha sufrido un perjuicio reparable sólo con la invalidación del fallo o cuando el vicio no ha influido en lo dispositivo del mismo”. Pues bien, es del caso observar que conjuntamente con el recurso de nulidad formal, la demandada dedujo apelación, observándose de la lectura de este último medio de impugnación que parte del sustento jurídico es el mismo alegado mediante la casación. Es más, en el primer otrosí de su recurso, interpone apelación aludiendo, entre otros agravios, al rechazo de la excepción de cosa juzgada. De este modo, los fundamentos de la alegación que esgrime pueden ser abordados por la vía de la apelación sin la necesidad de la anulación que se pretende. Por este hecho, el recurso de casación será desestimado. II.- En cuanto a los recursos de apelación: Se reproduce la sentencia apelada. Y teniendo en su lugar y, además, presente: 3°) Por sentencia definitiva de veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el 29° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-20.904-2023, caratulada “Rubilar / Consejo de Defensa del Estado”, se resolvió: a) rechazar las excepciones de cosa juz
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C.A. de Santiago Santiago, once de febrero de dos mil veinticinco. Al folio 27; estese a lo que se resolverá. Vistos: En estos autos sobre demanda de indemnización de daños y perjuicios, interpuesta por don Ricardo Santiago Rubilar Báscur contra el Fisco de Chile, en procedimiento ordinario civil, seguido ante el 29° Juzgado Civil de esta ciudad, en causa Rol N° C-20904-2023, se acumularon dos i
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