SIN INFORMACION

CHIRINO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

Rol

Fecha

12 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido que los hechos expuestos en el recurso de protección no dan cuenta de la existencia de una vulneración o amenaza a la garantía constitucional que invoca, por cuanto la demora en dar respuesta a la solicitud de la parte recurrente, obedece a la tramitación de un procedimiento reglado, asimismo, los eventuales inconvenientes que se esgrimen en el recurso, no son tales, porque la parte recurrente mantiene su situación migratoria regular, pudiendo ingresar y egresar del territorio nacional sin límite. Del mismo modo cabe indicar que el recurrente, mantiene la vigencia cedula de identidad por lo cual, no es posible establecer de los presupuestos fácticos que invoca el recurrente la existencia de vulneración a la garantía constitucional aludida en los términos pretendidos por el actor, lo que importa necesariamente la imposibilidad de continuar su tramitación por carecer de presupuestos de admisibilidad de la acción constitucional. Por estas consideraciones, y conforme lo dispuesto en el numeral segundo del Auto Acordado sobre tramitación de Recurso de Protección de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y comuníquese. Rol 236-2025 (PROTECCIÓN)

Fallo

Por estas consideraciones, y conforme lo dispuesto en el numeral segundo del Auto Acordado sobre tramitación de Recurso de Protección de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y comuníquese. Rol 236-2025 (PROTECCIÓN)

Texto Completo (Preview)

emt//Antofagasta, a doce de febrero de dos mil veinticinco. Por aceptada competencia declinada por la Iltma. Corte de Apelaciones de Concepción. Proveyendo recurso de protección. A todo, estese a lo que se resolverá: Vistos: Atendido que los hechos expuestos en el recurso de protección no dan cuenta de la existencia de una vulneración o amenaza a la garantía constitucional que invoca, por cuant

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica