ZÚÑIGA/FISCO DE CHILE - CONSEJO DE DEFENSA
Rol
Fecha
10 de febrero de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
MODIFICA INTERLOC. PRUEBA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 318 y 319 del Código de Procedimiento Civil, se agrega el siguiente hecho N° 7 en la interlocutoria de prueba de fecha catorce de mayo de dos mil veinticuatro, modificada mediante resolución de cinco de julio pasado: “Existencia de daño por repercusión de los demandantes don Matías Vicente Zúñiga Céspedes, hermano de la víctima, doña Flor Margarita Céspedes Flores, madre de la víctima y don José Cristhian Zúñiga Zúñiga, padre de la víctima”. Se confirma en lo demás apelado la citada sentencia interlocutoria, dictada por la jueza del Segundo Juzgado de Letras de Copiapó, doña María Teresa Marabolí Vergara, que rola a folio 18 del cuaderno principal de la carpeta judicial de origen, modificada en el folio 28 del mismo expediente. Regístrese y devuélvase. N°Civil-233-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, diez de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 318 y 319 del Código de Procedimiento Civil, se agrega el siguiente hecho N° 7 en la interlocutoria de prueba de fecha catorce de mayo de dos mil veinticuatro, modificada mediante resolución de cinco de julio pasado: “Existencia de daño por repercusión de
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