ANONIMIZADO
Rol
Fecha
10 de febrero de 2025
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Vistos: Estimado esta Corte que, para resolver el incidente planteado por la alimentaria se hace necesario escuchar al alimentante deudor, se anula de oficio la resolución apelada de fecha once de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Primer Juzgado de Familia de San Miguel y en su lugar se dispone que el juez no inhabilitado conferirá traslado a la petición de la alimentaria al deudor, prosiguiendo luego la tramitación hasta resolver el incidente así planteado. Devuélvase. N° 1696-2024-Familia
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diez de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Estimado esta Corte que, para resolver el incidente planteado por la alimentaria se hace necesario escuchar al alimentante deudor, se anula de oficio la resolución apelada de fecha once de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Primer Juzgado de Familia de San Miguel y en su lugar se dispone que el juez no inhabilitado conferir
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