CORTE DE APELACIONES

CLAUDIO LARA CORTÉS / SERGIO HEVIA FEBRES Y OTROS

Rol

Fecha

10 de febrero de 2025

Materia

SECUESTRO. ART. 141

Resultado

CONFIRMADA/REVOCADA/APROBADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo informado por la Sra. Fiscal Judicial a folios 8 y 35, y lo dispuesto en los artículos 408 N°5, 410 y 510 del Código de Procedimiento Penal y en el artículo 93 N°1 del Código Penal, se resuelve: I.- Se revoca la sentencia definitiva de dos de julio de dos mil veinticuatro, escrita de fojas 1017 a 1081 vuelta, en cuanto eximió del pago de las costas a los condenados Reyes, Santibáñez y Hevia y, en su lugar se declara, que se les condena a dicho gravamen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 504 del Código de Procedimiento Penal II.- Se confirma, en lo demás apelado y, se aprueba, en lo consultado el referido fallo. III.- Se aprueban los sobreseimientos definitivos consultados de veintiséis de agosto de dos mil veintidós, escrito a fojas 465, respecto de Ricardo Riesco Cornejo; de treinta de abril de dos mil veinticuatro, escritos a fojas 682, respecto de Valentín Riquelme Villalobos, y de diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro, escrito a fojas 1177, respecto de Alejo Esparza Martínez, resoluciones dictadas en causa Rol N° 257-2017, por el Ministro en Visita Extraordinaria en causas de Derechos Humanos, señor Max Cancino Cancino. Regístrese, notifíquese y devuélvase de inmediato a la Unidad de Causas de Derechos Humanos. Dese cumplimiento en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 509 bis del Código de Procedimiento Penal. Nº Penal-2500-2024.

Fallo

se resuelve: I.- Se revoca la sentencia definitiva de dos de julio de dos mil veinticuatro, escrita de fojas 1017 a 1081 vuelta, en cuanto eximió del pago de las costas a los condenados Reyes, Santibáñez y Hevia y, en su lugar se declara, que se les condena a dicho gravamen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 504 del Código de Procedimiento Penal II.- Se confirma, en lo demás apelado y, se aprueba, en lo consultado el referido fallo. III.- Se aprueban los sobreseimientos definitivos consultados de veintiséis de agosto de dos mil veintidós, escrito a fojas 465, respecto de Ricardo Riesco Cornejo; de treinta de abril de dos mil veinticuatro, escritos a fojas 682, respecto de Valentín Riquelme Villalobos, y de diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro, escrito a fojas 1177, respecto de Alejo Esparza Martínez, resoluciones dictadas en causa Rol N° 257-2017, por el Ministro en Visita Extraordinaria en causas de Derechos Humanos, señor Max Cancino Cancino. Regístrese, notifíquese y devuélvase de inmediato a la Unidad de Causas de Derechos Humanos. Dese cumplimiento en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 509 bis del Código de Procedimiento Penal. Nº Penal-2500-2024.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, diez de febrero de dos mil veinticinco. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo informado por la Sra. Fiscal Judicial a folios 8 y 35, y lo dispuesto en los artículos 408 N°5, 410 y 510 del Código de Procedimiento Penal y en el artículo 93 N°1 del Código Penal, se resuelve: I.- Se revoca la sentencia definitiva de dos de julio de dos mil veinticuatro,

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