MYRIAM ELIZABETH GONZÁLEZ ANDRADE/DANIEL ALEXIS FERNÁNDEZ FLORES
Rol
Fecha
10 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció Myriam Elizabeth González Andrade, Técnico Social Administrativo, domiciliada en Morandé 322, comuna de Santiago, Región Metropolitana, interponiendo acción de protección en contra de don Daniel Alexis Fernández Flores, Egresado de Pedagogía en Educación Física, domiciliado en Pasaje 89 Barrio Norte Andalién, comuna de Concepción, por privar y/o perturbar, en forma ilegal y arbitraria, las garantías constitucionales que le asisten y que se encuentran consagradas en el artículo 19 Nos 1°, 3°, 4° y 24 de la Constitución Política de la República, disponiendo que se reestablezca el imperio del derecho, y con ello brindarle la debida protección en cuanto a sus derechos fundamentales conculcados. Denuncia que el recurrido ha realizado actos ilegales y arbitrarios, consistentes en la divulgación de imputaciones difamatorias y deshonrosas, acusatorias e imputación de delitos, sumado a la difusión de su imagen a través de las redes sociales, en específico, a través de las plataformas Instagram y Facebook. Dicha actuación arbitraria e ilegal ha lesionado, dañado y perturbado su honra, su imagen, su vida privada y laboral, afectando su reputación, lesionando derechos protegidos constitucionalmente, realizando estos actos con publicidad, imputándole delitos que no ha cometido, inclusive directamente a través de mensajería de WhatsApp. Relata que con fecha 21 de octubre de 2024, se enteró que en la página de Instagram, de nombre “Funa Avila y Asociados”, que describe en su IG el siguiente texto: “Funa a esta empresa que ofrece Créditos Hipotecarios y no cumple” “ejecutivos estafadores” “perdidas millonarias de clientes”, se había subido una imagen suya en donde se adjunta el siguiente texto: “Myriam Gonzalez, una de las tantas personas que prometió soluciones y terminó escapándose como muchos!! Cuidado si los han contactado y si tiene dudas por favor comunicarse conmigo, no dejemos que sigan estafando a la gente. Pueden ver el video en Youtube, solo colocar Ávila y asociados.”(sic). Sostiene que al revisar la página con detención, efectivamente es su fotografía, su nombre, su cargo y una acusación directa aduciendo un delito, en este caso de estafa. Afirma que esta publicación de Instagram, la realizó el recurrido, quien es hijo de un cliente directo de la empresa Ávila y Asociados SPA, lo que puede corroborarse revisando el Facebook del recurrido, quien con fecha 21 de octubre de 2024 comparte el mismo texto ya descrito, pues copió y pegó, y compartiéndolo en su Facebook personal, con la intención de difamarla. Sin embargo, no sólo publicó en Instagram y Facebook, sino también ha compartido la información en otros grupos y páginas de Facebook que son moderados y administrados por el recurrido, tales como: - Demanda AVILA y Asociados (desconoce cantidad de miembros). - Reclamos Ávila y asociados SPA, Pisón SpA (grupo público con 45 miembros). - Demanda colectiva Ávila y asociados SpA y Pisón SpA (desconoce cantidad
Fallo
se resuelve la situación de 7 personas, devolviéndoles un monto de dinero, siendo dicho proceso rápido, considerando que por un canal de televisión se realizó un reportaje por estos atrasos en la resolución de aprobación o desaprobación de créditos, y en el caso de no aprobarse, se debía devolver una suma de dinero. No obstante ello, existe un grupo restante al cual se le indica que su resolución se va a demorar un poco más, debiendo ella estarse a las respuestas de los desistimientos, de los cuales estaba encargado otra persona, quien en el mismo tiempo renunció, quedando sin poder responder, indicándoles que no dependía de ella avanzar, sino de la persona encargada, pero en ese grupo de WhatsApp habían muchas personas que la comenzaron a tratar mal, haciéndola responsable del retraso e insistiéndole en una respuesta urgente, en circunstancias que solo es una empleada, que intenta mediar y resolver sus casos, que recién viene llegando de postnatal a interiorizarse de los casos y que las respuestas dependen de su empleador, no de ella, quien solo gestionaba sus requerimientos. Manifiesta que con el pasar de los días, fue eliminada de ese WhatsApp y por ende informó que como ya no querían llegar a un acuerdo, no siendo una persona válida para llegar a acuerdos, que solo siguieran trabajando con ella quienes confiaran en sus gestiones y los demás se dirigieran directamente a la empresa, pero lamentablemente el dueño de Ávila y Asociados SPA, pasó a ser empleado en la empresa A
Texto Completo (Preview)
Concepción, diez de febrero de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció Myriam Elizabeth González Andrade, Técnico Social Administrativo, domiciliada en Morandé 322, comuna de Santiago, Región Metropolitana, interponiendo acción de protección en contra de don Daniel Alexis Fernández Flores, Egresado de Pedagogía en Educación Física, domiciliado en Pasaje 89 Barrio Norte
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