3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ BYRON ALBERTO PINEIRO BENNETT

Rol

Fecha

8 de febrero de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: En esta audiencia se han vertido antecedentes por el Ministerio Público para revocar y disponer la prisión preventiva del imputado; sin embargo, ellos no fueron expuestos en la audiencia respectiva, como reconoce el mismo Ministerio Público y consisten en que, al ser detenido el imputado, mantenía una orden de detención por otra causa y había dado un nombre erróneo, que habría originado demora en el canje penal y sólo su huella digital permitió saber de quién se trataba. Esta Corte tiene presente que el artículo 360 del Código Procesal Penal obliga a revisar con los mismos antecedentes que se tuvieron a la vista en la audiencia respectiva y que deberán verse en una audiencia próxima; sin embargo, es necesario ponerlo a disposición del tribunal que corresponda para los efectos pertinentes. Por estas razones y lo dispuesto en los artículos 140, 149 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de siete de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, que no dio lugar a la prisión preventiva del imputado Byron Alberto Piñeiro Bennett, estableció otras medidas cautelares personales a su respecto. Dése orden de libertad por esta causa. Sin perjuicio de lo anterior, el tribunal deberá poner al imputado, en tránsito, a disposición del Sexto Juzgado de Garantía de Santiago, atendida la orden de detención dictada en su contra en la causa RIT 2638-2024, RUC 2400657004-2. Acordada con el voto en contra de la abogada integrante señora Herrera, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y decretar la prisión preventiva del imputado Piñeiro Benett, atendida la naturaleza del ilícito, la forma de comisión y la pena asignada al mismo, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más rápida. Penal N° 698 -2025 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Fallo

Por estas razones y lo dispuesto en los artículos 140, 149 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de siete de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, que no dio lugar a la prisión preventiva del imputado Byron Alberto Piñeiro Bennett, estableció otras medidas cautelares personales a su respecto. Dése orden de libertad por esta causa. Sin perjuicio de lo anterior, el tribunal deberá poner al imputado, en tránsito, a disposición del Sexto Juzgado de Garantía de Santiago, atendida la orden de detención dictada en su contra en la causa RIT 2638-2024, RUC 2400657004-2. Acordada con el voto en contra de la abogada integrante señora Herrera, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y decretar la prisión preventiva del imputado Piñeiro Benett, atendida la naturaleza del ilícito, la forma de comisión y la pena asignada al mismo, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más rápida. Penal N° 698 -2025 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, ocho de febrero de dos mil veinticinco. Sala: Séptima Rol Corte: Penal-698-2025 Ruc: 2500173593-7 Rit : O-861-2025 Juzgado: 3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo, la Ministra (I) señora Paula Rodriguez Fondon y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida Relator: Nathalie Monares Digitador (a): Camil

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