ANONIMIZADO
Rol
Fecha
10 de febrero de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS:
Fundamentos
Considerando que aun en el entendido que en etapa de cumplimiento en materia de alimentos resulten aplicables en materia recursiva únicamente las normas del Código de Procedimiento Civil, al revestir la resolución recurrida la naturaleza jurídica de una sentencia interlocutoria, a su respecto el recurso de apelación debió intentarse en forma directa y no subsidiaria como ocurre en la especie, defecto formal que torna improcedente el arbitrio ejercido, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de diecisiete ...
Texto Completo (Preview)
La Serena, diez de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: Considerando que aun en el entendido que en etapa de cumplimiento en materia de alimentos resulten aplicables en materia recursiva únicamente las normas del Código de Procedimiento Civil, al revestir la resolución recurrida la naturaleza jurídica de una sentencia interlocutoria, a su respecto el recurso de apelación debió intentarse en for
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