SIN INFORMACION

DAVALILLO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

7 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en favor de doña Paula Andrea Davalillo Bolívar, venezolana, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en la digitalización del estampado electrónico de visa de residencia temporal, solicitada el 29 de septiembre de 2022, afectando el derecho de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Expone que la extranjera ingresó al país en calidad de turista y estando en Chile cambió su condición a residente temporaria. En ese contexto, el 29 de septiembre de 2022 solicitó el beneficio de visa temporal, subcategoría actividades lícitas remuneradas. El 17 de febrero de 2023 fue notificada de la Resolución Exenta N° 23051385, que le otorgó el beneficio. Así, la privación de derechos fundamentales se produce por la demora arbitraria en dar respuesta a la digitalización del estampado del visado otorgado, estando limitada para realizar trámites esenciales de la vida cotidiana al no contar con cédula de identidad vigente. Destaca lo dispuesto en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880 que establecen el principio de celeridad e impulso de oficio, y el plazo máximo de seis meses para finalizar los procedimientos administrativos; así como el artículo 9° que establece el principio de economía procedimental, debiendo la Administración evitar trámites dilatorios, citando jurisprudencia al efecto. Previas citas, finaliza solicitando que se orden al recurrido que se pronuncie “sobre la misma” dentro de un plazo razonable o el que se estime conforme al mérito de autos y, en general, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con expresa condena en costas. Segundo: Que, en su informe, el Servicio Nacional de Migraciones solicita el rechazo de la acción constitucional en todas sus partes, argumentando que no

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso deducido en favor de Paula Andrea Davalillo Bolívar en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-18891-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de febrero de dos mil veinticinco. Proveyendo el folio 17: a todo, téngase presente y a sus antecedentes. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en favor de doña Paula Andrea Davalillo Bolívar, venezolana, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisió

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica