3ER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

VARGAS VALENZUELA Y COMPAÑIA LIMITADA/MÜLLER

Rol

Fecha

7 de febrero de 2025

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Eduardo Becas Mora, en contra de la resolución de fecha diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro, escrita a folio 39 en el cuaderno de cumplimiento incidental, por improcedente atendida su forma de interposición. Devuélvase. N°Civil-10-2025.(acl/cwm)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Eduardo Becas Mora, en contra de la resolución de fecha diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro, escrita a folio 39 en el cuaderno de cumplimiento incidental, por improcedente atendida su forma de interposición. Devuélvase. N°Civil-10-2025.(acl/cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, siete de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Eduardo Becas Mora, en contra de la resolución de fecha diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro, escrita a folio 39 e

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