MP C/ MATIAS ALEXIS ALMONACID ALMONACID
Rol
Fecha
7 de febrero de 2025
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos Teniendo en consideración el mérito de los antecedentes y lo expuesto en audiencia por los intervinientes, en particular, la naturaleza de los hechos investigados en esta causa y el contexto de violencia intrafamiliar en el cual ocurren aquellos; la existencia de condenas previas por hechos de la misma especie; de una orden de detención vigente en causa diversa, a saber, RIT 828-2022 del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Calbuco por revocación de pena sustitutiva; y los incumplimientos a las medidas cautelares impuestas en causa RIT 1038-2024 del citado Tribunal, existiendo audiencia fijada para el 27 de marzo de 2025 de debate de prisión preventiva, se concluye que sin la orden de detención la comparecencia del imputado pudiera verse demorada o dificultada en atención a lo señalado precedentemente, y visto lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 127 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución en alzada de fecha uno de febrero de dos mil veinticinco dictada por el Juez del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Calbuco, Elías Gabriel Agüero Matamala y en su lugar, se declara que se despacha una orden de detención en contra del imputado Matias Alexis Almonacid Almonacid, Cédula de Identidad N°19931870-5, sin oficio conocido, con domicilio aparente en Calle Viento Del Sur S/N, Calbuco, a ser diligenciada por ambas policías, a fin de que sea puesto a disposición del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Calbuco para la realización de la audiencia que corresponda conforme a derecho. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 150-2025.
Fallo
se declara que se despacha una orden de detención en contra del imputado Matias Alexis Almonacid Almonacid, Cédula de Identidad N°19931870-5, sin oficio conocido, con domicilio aparente en Calle Viento Del Sur S/N, Calbuco, a ser diligenciada por ambas policías, a fin de que sea puesto a disposición del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Calbuco para la realización de la audiencia que corresponda conforme a derecho. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 150-2025.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, siete de febrero de dos mil veinticinco Vistos Teniendo en consideración el mérito de los antecedentes y lo expuesto en audiencia por los intervinientes, en particular, la naturaleza de los hechos investigados en esta causa y el contexto de violencia intrafamiliar en el cual ocurren aquellos; la existencia de condenas previas por hechos de la misma especie; de una orden de detención
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