CORPORACION NACIONAL FORESTAL REGION METROPOLITANA - ELETRANS II S.A
Rol
Fecha
7 de febrero de 2025
Materia
SIN MATERIA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia apelada de veinticuatro de agosto de dos mil veintidós, dictada por el 2° Juzgado de Policía Local de Pudahuel. Regístrese y devuélvase. N° 2156-2022 Policía Local.
Texto Completo (Preview)
Alegaron, previo anuncio y relación pública, los abogados don Cristóbal Gil y don –Jonathan Kenchington por y contra el recurso. San Miguel, 7 de febrero de 2025. San Miguel, siete de febrero de dos mil veinticinco. Al escrito folio N° 13 y 14: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, s
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica