MP FISCALIA LOCAL C/ MICHAEL DE ALESSANDRO PEREZ MILLA
Rol
Fecha
7 de febrero de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta sala por unanimidad de sus integrantes, teniendo en consideración el número de delitos por los cuales ha sido formalizado el imputado, la pena asignada al menos a uno de ellos, que consiste en pena de crimen, la naturaleza del delito de robo con intimidación, el hecho de ser pluriofensivo el mismo, las circunstancias de comisión; que si bien el imputado Manuel Alejandro Gabriel Sandoval Sandoval, goza de irreprochable conducta anterior, también en el presenta caso actuó en grupo o pandilla, por lo que en principio la pena asignada al delito le impide acceder a alguna de las penas sustitutivas establecidas en la Ley N°18.216; y, finalmente, el no haberse acreditado arraigo familiar y social en esta comuna, razones por las cuales, SE CONFIRMA la resolución de fecha treinta y uno de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Pucón, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva respecto del referido imputado. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-156-2025. (cwm)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, siete de febrero de dos mil veinticinco. A lo principal y otrosí de los escritos folios 4 y 5: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta sala por unanimidad de sus integrantes, teniendo en consideración el número de delitos por los cuales ha sido formalizado el imputado, la pena asignada al menos a
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica