ÁVILA/FUNDACIÓN SAN MARCELINO CHAMPAGNAT
Rol
Fecha
7 de febrero de 2025
Materia
OTRAS INDEMNIZACIONES (ESPECIFICÁNDOLA)
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de diecinueve de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autos RIT T-1391-2022, se rechazó la acción de tutela laboral y se acogió la demanda subsidiaria, declarándose el despido como injustificado, por lo que se condenó a la recurrente a pagar remuneraciones hasta el 28 de febrero de 2023, feriado proporcional, más intereses y reajustes, sin costas. En contra de este fallo la demandada ha deducido recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, solicitando que se anule la sentencia y se dicte una de reemplazo que acoja el recurso presentado por esa parte, con costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del 25 de noviembre último, oportunidad en que alegó el abogado de la parte recurrente.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que el recurso se funda en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por haber valorado la prueba con infracción manifiesta a las reglas de la sana crítica, atribuyendo al
Fallo
fallo la demandada ha deducido recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, solicitando que se anule la sentencia y se dicte una de reemplazo que acoja el recurso presentado por esa parte, con costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del 25 de noviembre último, oportunidad en que alegó el abogado de la parte recurrente. Considerando: Primero: Que el recurso se funda en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por haber valorado la prueba con infracción manifiesta a las reglas de la sana crítica, atribuyendo al fallo los siguientes vicios: a) el sentenciador habría omitido considerar la prueba presentada en autos que explica el contexto de los hechos; b) se basó en una grabación ilícita, efectuada sin autorización, interpretándola de forma errónea; c) para establecer la fecha del despido utilizó un documento de reconocimiento erróneo; y d) analizó de forma incorrecta la evidencia del juicio. Contextualiza los hechos de la reunión celebrada en 20 de junio de 2022, fecha que se estableció para el despido verbal, en cuanto a diversas problemáticas existidas entre el actor y su empleador durante su primer mes de trabajo, y destaca que esta reunión no tuvo por objeto la desvinculación de aquél, lo que habría sido acreditado en juicio; luego, sostiene que el trabajador habría grabado dicha reunión sin el consentimiento de los involucrados, lo que fue considerado p
Texto Completo (Preview)
Santiago, siete de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Por sentencia de diecinueve de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autos RIT T-1391-2022, se rechazó la acción de tutela laboral y se acogió la demanda subsidiaria, declarándose el despido como injustificado, por lo que se condenó a la recurrente a pagar remuneraciones ha
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