DELGADO CHIRINOS JOSE GINO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
7 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, se interpone acción de amparo en favor de José Delgado Chirinos, de nacionalidad peruana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°25008551, de fecha 7 de enero de 2025, que rechazó su solicitud de residencia definitiva, dispuso su abandono del país y una prohibición de ingreso de 5 años, lo que estima conculca su libertad ambulatoria. Indica que, el 12 de mayo de 2021, el amparado solicita el beneficio de residencia definitiva, y con fecha 7 de enero de 2025, el recurrido rechaza su solicitud, por presentar un certificado de antecedentes de su país de origen adulterado. Alega que, no ha acompañado documento adulterado y la resolución no indica como el amparado habría adulterado el mismo, por lo que el acto es ilegal y carente de fundamentación. Asimismo, señala que la medida resulta desproporcionada, pues cuenta con arraigo familiar y laboral, acompañando para tal efecto, el certificado de cotizaciones previsionales y certificado de nacimiento de su hija chilena, de 1 año de edad. Solicita se acoja el recurso, se deje sin efecto la resolución recurrida, y ordene al Servicio reabrir su procedimiento y decida conforme a derecho. A folio 12, evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que, el 12 de mayo de 2021, el amparado solicitó la residencia definitiva, y en su postulación acompañó un certificado de antecedentes adulterado. Expresa que, mediante comunicación electrónica de 6 de julio de 2023, y de 24 de abril de 2024, se le informó que se encontraba en causa de rechazo, otorgándole un plazo de 10 días para cumplir. Que transcurrido dicho plazo, sin haber cumplido, dictó la resolución recurrida en esta instancia. A folio 13, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando. Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privaci
Fundamentos
considerando los antecedentes acompañados por el amparado en esta instancia, debiendo efectuar su verificación en los términos señalados en el considerando cuarto y, en su mérito, resolver su solicitud como en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-290-2025.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se acoge, sin costas, la acción de amparo deducida en favor de José Delgado Chirinos, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°25008551, de fecha 7 de enero de 2025 y, en su lugar se ordena al Servicio recurrido reabrir el expediente administrativo, considerando los antecedentes acompañados por el amparado en esta instancia, debiendo efectuar su verificación en los términos señalados en el considerando cuarto y, en su mérito, resolver su solicitud como en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-290-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, siete de febrero de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, se interpone acción de amparo en favor de José Delgado Chirinos, de nacionalidad peruana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°25008551, de fecha 7 de enero de 2025, que rechazó su solicitud de residencia definitiva
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