SIN INFORMACION

OLIVA/SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO

Rol

Fecha

6 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos 1°.- Que comparece el abogado Patricio Rolando Espinoza Martínez, abogado, en representación de Pía Montserrat Oliva San Martin, quien interpone recurso de protección en contra del SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y EQUIDAD DE GENERO (SERNAMEG), representado por Priscilla Carrasco Pizarro, solicitando dejar sin efecto la Resolución Exenta RA N°121830/11/2024 del 28 de noviembre de 2024, que determinó la no renovación de su contrato, al considerarse ilegal y arbitraria. Señala como antecedentes fundantes del presente recurso, que con fecha 22 de enero de 2020, su representada fue contratada como funcionaria a contrata por medio de concurso público por el SERVICIO NACIONAL DE LA MUER Y EQUIDAD DE GENERO (en adelante SERNAMEG) como coordinadora del programa “4 a 7” mujer trabaja tranquila, gestora Coordinadora FOSIS y Gobierno regional, entre otras funciones derivadas de los cargos que detentaba. Sostiene que desde el año 2020 al 2024, la recurrente se desempeñó diligentemente, lo que se constituyó una verdadera confianza legítima, la que se configuraría por los más de 4 años de contratación ininterrumpidos desde el 22 de enero del año 2020 hasta la fecha, como se reflejada en las distintas resoluciones administrativas emitidas por el SERNAMEG, las que acompaña, correspondientes a Resolución Exenta RA N°121830 775-2020; Resolución Exenta RA N°121830 422- 2020; Resolución Exenta RA N°121830 699-2021; Resolución Exenta RA N°121830 42-2023 y Resolución Exenta RA N°121830-29-2024, además de tener una carrera ha tenido una hoja de vida intachable y con calificación en su desempeño optima y sobresaliente. Alega que la Resolución Exenta RA N°121830/11/2024 de fecha 28 de noviembre, incurre en un acto ilegal y arbitrario toda vez que de la sola lectura del acto administrativo queda evidenciando la ilegalidad del acto por parte de la recurrida al no contener fundamentación que efectivamente motive el hecho de no perseverar en la contratación de su representada. Hace men

Fundamentos

fundamentos para resolver no renovar la contrata.” Hace presente dictámenes de la Contraloría General de la República y numerosa jurisprudencia respecto del criterio unificador de la Excma. Corte Suprema, quien ha sostenido que el referido principio opera después de cinco años de servir en la apuntada modalidad. Considera que,

Fallo

por lo expuesto y razonado, es posible señalar la contrata de la Sra. PIA OLIVA SAN MARTÍN expiró por el solo ministerio de la Ley, el 31 de diciembre de 2024, según la Resolución Exenta RA N°121830/348/2024, del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, y que de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico vigente permite no renovar la designación a contrata de la Sra. Oliva para el año 2025, en atención a lo dispuesto en: los artículos 24 y 31 del D.F.L. Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los artículos 3 letra c), 10, 146 letra f) y 153 del D.F.L. Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el Oficio Circular Nº 17 de 13 de noviembre de 2024, del Ministerio de Hacienda, sobre orientaciones generales a los Jefes Superiores de Servicio sobre el proceso de renovación del personal a contrata para el año 2025; en el Decreto Supremo Nº 55, de 2022, del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género que nombra a la Directora Nacional de SERNAMEG; y, los dictámenes Nºs. 85.700, de 2016; 6.400, de 2018 y E156769N21, de 2021, en particular el E561358/2024 de fecha 06 de noviembre de 2024, todos de la Contraloría General de la República, además de la jurisprudencia asentada de la Excma.

Texto Completo (Preview)

Chillán, seis de febrero de dos mil veinticinco. Vistos 1°.- Que comparece el abogado Patricio Rolando Espinoza Martínez, abogado, en representación de Pía Montserrat Oliva San Martin, quien interpone recurso de protección en contra del SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Y EQUIDAD DE GENERO (SERNAMEG), representado por Priscilla Carrasco Pizarro, solicitando dejar sin efecto la Resolución Exenta RA N°1

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