SIN INFORMACION

VÁSQUEZ/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES

Rol

Fecha

6 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Rodrigo Enrique Vásquez Cárdenas, interponiendo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, representada legalmente por Nelson Mauricio Rojas Mena, por haber efectuado descuentos en su remuneración por concepto de crédito social, no obstante encontrarse dicha obligación en actual cobro judicial, actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que constituiría una forma de autotutela que desconoce el procedimiento judicial en curso, vulnerando con ello el derecho de propiedad garantizado en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República. Expone que el 20 de julio de 2022 adquirió un crédito social con la recurrida por un monto de $8.331.643, pagadero en 48 cuotas mensuales de $272.806. Dicha obligación fue reprogramada el 2 de agosto de 2023, estableciéndose un nuevo saldo de $7.791.281, pagadero en 60 cuotas mensuales de $224.426, de las cuales solo pagó la primera cuota con vencimiento en octubre de 2023. Señala que, ante el incumplimiento, la recurrida interpuso demanda ejecutiva en su contra el 8 de marzo de 2024, la que se tramita ante el 5° Juzgado Civil de Santiago bajo el rol C-4377-2024. Agrega que desde abril de 2024 se desempeña como líder de producto digital en la Fundación Arturo López Pérez, y que al recibir su liquidación de sueldo correspondiente al mes de agosto de 2024, constató la existencia de un descuento por $347.416 efectuado por su empleador a requerimiento de la Caja Los Andes. Sostiene que la actuación de la recurrida es ilegal y arbitraria, pues habiendo optado por judicializar el cobro de la obligación a través de la interposición de una demanda ejecutiva, no puede ejercer simultáneamente el cobro mediante descuentos por planilla, constituyendo esto una forma de autotutela que vulnera el artículo 58 del Código del Trabajo, el cual exige acuerdo escrito del trabajador para efectuar descuentos voluntarios. Argumenta que el

Fundamentos

considerando el actual contexto de crisis económica post pandemia.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene a la recurrida dejar sin efecto los descuentos efectuados sobre sus remuneraciones, prohibiéndole realizar nuevos descuentos en el futuro; ordenándole, además, restituir los montos descontados desde abril de 2024, que ascienden a $347.416, con costas. SEGUNDO: Que, al evacuar informe la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, solicita el rechazo del recurso de protección basándose en primer lugar, en la naturaleza especial del crédito social y su mecanismo legal de cobro mediante descuento por planilla, explicando que los créditos otorgados por las Cajas de Compensación revisten un carácter social por expreso mandato del legislador, siendo otorgados por entidades de previsión social sin fines de lucro, y que el artículo 22 de la Ley N° 18.833 establece un mecanismo especial de pago mediante descuento por planilla, que opera con la misma obligatoriedad que las cotizaciones previsionales. Este mecanismo no depende de la voluntad de las Cajas de Compensación, sino que constituye una obligación legal que recae sobre el empleador, entendiéndose extinguida la obligación del trabajador una vez practicado el descuento. Además, sostiene que está efectuando el cobro conforme al mecanismo legal de una deuda vigente y exigible, cuya prescripción no ha sido declarada judicialmente. Fundamenta su posición en los artículos 2492 y siguientes del Código Civil, señalando que la prescripción

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de febrero de dos mil veinticinco. Proveyendo los folios 23 y 24: a todo, téngase presente y a sus antecedentes. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Rodrigo Enrique Vásquez Cárdenas, interponiendo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, representada legalmente por Nelson Mauricio Rojas Mena, por h

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