CÓRDOVA/CONSORCIO VALPARAÍSO S.A. Y OTRO
Rol
Fecha
6 de febrero de 2025
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el abogado don Sebastián Vaccaro Verdugo, en representación de la I. Municipalidad De Valparaíso, en autos sobre demanda de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, caratulados "CÓRDOVA CON CONSORCIO VALPARAÍSO S.A ", RIT O-678-2023 del Juzgado del Trabajo de Valparaíso, interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada el 24 de julio de 2024, fundado en la causal establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo. En cuanto a la nulidad por infracción de ley que influye sustancialmente en lo dispositivo del
Fallo
fallo (artículo 477 del Código del Trabajo) la funda en que el fallo ha infringido los artículos 183 A, 183 B del Código del Trabajo. Expresa que se probó con la prueba documental incorporada en la audiencia de juicio por su representada y con la testimonial respectiva que la Municipalidad suscribió un contrato administrativo el que posee características especiales, su naturaleza es ser un contrato administrativo, cuya regulación, se encuentra enmarcada normativamente en la Ley N.º 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y su reglamento. Refiere que evidentemente no es la dueña de la obra o faena, ya que la labor efectuada por el contratista fue adjudicada a dicha empresa a través de licitación pública, por lo tanto, es un caso en que el encargo del servicio se presenta como una concesión, lo que resulta incompatible con la existencia de un régimen de subcontratación (porque el contratista desarrolla en ese caso un negocio propio), por el cual el Municipio no efectúa desembolso alguno, por lo que mal podría desarrollar los derechos de información y retención que este régimen otorga a las empresas principales respecto de los contratistas. El contrato suscrito con el concesionario tiene una regulación de orden público, no participando de las características propias de un contrato civil o comercial, entre otras, que el contratista ejecute las obras o servicios encargados por la empresa principal, por su cuenta o riesgo, esto es
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de febrero de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el abogado don Sebastián Vaccaro Verdugo, en representación de la I. Municipalidad De Valparaíso, en autos sobre demanda de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, caratulados "CÓRDOVA CON CONSORCIO VALPARAÍSO S.A ", RIT O-678-2023 del Juzgado del Trabajo de Valpa
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