BANCO SANTANDER- CHILE/RENCORET
Rol
Fecha
6 de febrero de 2025
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia apelada de dieciséis de agosto de dos mil veintidós, dictada por el 3° Juzgado de Policía Local de Las Condes. Acordada con el voto en contra del ministro Martínez, quien estuvo por revocar el fallo en alzada, y acoger la acción deducida, teniendo especialmente en consideración, que la propia demandada, en su contestación, reconoció que recibió un llamada telefónica de una supuesta ejecutiva del banco, a quien reconoce haberle confirmado y otorgado información personal, cuestión, que a juicio de este disidente permite presumir la culpa grave de la demandada. Regístrese y devuélvase. N° 2299-2022 Policía Local.
Fallo
fallo en alzada, y acoger la acción deducida, teniendo especialmente en consideración, que la propia demandada, en su contestación, reconoció que recibió un llamada telefónica de una supuesta ejecutiva del banco, a quien reconoce haberle confirmado y otorgado información personal, cuestión, que a juicio de este disidente permite presumir la culpa grave de la demandada. Regístrese y devuélvase. N° 2299-2022 Policía Local.
Texto Completo (Preview)
Previo a la vista de la causa se dio conocimiento a las partes sobre la recusación del artículo 196 N°5 del Código Orgánico de Tribunales concurrente en el ministro Patricio Martínez Benavides respecto del Banco Santander cuya alegación fue renunciada expresamente por ellos, según así lo manifestaron ante mí. Asimismo, alegaron, previo anuncio y relación pública, los abogados doña María José Castá
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