JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE

MP. C/ FRANCISCO JAVIER PALMA GONZÁLEZ Y FELIPE ANDRÉS PALMA GONZÁLEZ.

Rol

Fecha

6 de febrero de 2025

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que del mérito de los antecedentes expuestos aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con otras medidas que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal, como se dirá en lo resolutivo de esta resolución. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en la audiencia de veintinueve de enero del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Talagante y se declara que los imputados Francisco Javier Palma González y Felipe Andrés Palma González quedan sujetos a las medidas cautelares del artículo 155 letras a), d) y g) del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario total, la prohibición de salir del país y prohibición de acercarse a la víctima, debiendo el Tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°400-2025-Penal.

Fallo

se declara que los imputados Francisco Javier Palma González y Felipe Andrés Palma González quedan sujetos a las medidas cautelares del artículo 155 letras a), d) y g) del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario total, la prohibición de salir del país y prohibición de acercarse a la víctima, debiendo el Tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°400-2025-Penal.

Texto Completo (Preview)

Fecha: seis de febrero de dos mil veinticinco. Cuarta Sala Rol Corte: 400-2025 RUC: 2401261678-K RIT: 5139-2024 JUZGADO DE GARANTÍA DE TALAGANTE Ministro de fe: Diego Muñoz Gaete Imputado: Francisco Javier Palma González y Felipe Andrés Palma González Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Escritos proveídos en audiencia: 1 San Miguel, seis de febrero de dos mil veinticinco. Vistos y oído

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