MP C/ JORGE ANDRES YELORM REYES
Rol
Fecha
6 de febrero de 2025
Materia
CONTRAB. INFRAC A LA ORD. DE ADUAN ART 168. LEY 20.780
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1°) Atendido el mérito del registro de audio, se estima justificado en esta etapa procesal el presupuesto material establecido en las letras a) y b) del artículo 140 del código procesal penal, cuestión que no fue motivo del debate. 2°) En lo concerniente a la necesidad de cautela, se debe tener en consideración que el persecutor en audiencia de 18 de enero de 2025 solicitó la imposición de la medida cautelar de arresto domiciliario parcial nocturno, entre las 21:00 a las 09:00 horas, decretándose la misma por el tribunal, quedando pendiente únicamente la precisión del domicilio del imputado a fin de procurar el control de la medida. Luego, en audiencia del 29 de enero de 2029 se cumple con esto último, lo que, unido al hecho de que no se invocan antecedentes nuevos que hayan acontecido en tiempo intermedio entre ambas audiencias, permite concluir que no se justifica la agravación de la situación cautelar del imputado. Conforme lo anterior y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada, dictada en audiencia de 29 de enero de 2025 por el juez señor Paulo Muñoz Pedemonte, del juzgado de garantía de Copiapó, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Jorge Andrés Yelorm Reyes por peligro para la seguridad de la sociedad, la que se deja sin efecto y en su lugar se decide que no se hace lugar a la petición del ministerio público de modificar la situación cautelar del imputado. Regístrese y devuélvase por la vía más expedita a fin de que se disponga la inmediata libertad del imputado, si no estuviere privado de ella por otros motivos. Rol Corte: Penal-89-2025
Fallo
se decide que no se hace lugar a la petición del ministerio público de modificar la situación cautelar del imputado. Regístrese y devuélvase por la vía más expedita a fin de que se disponga la inmediata libertad del imputado, si no estuviere privado de ella por otros motivos. Rol Corte: Penal-89-2025
Texto Completo (Preview)
Fecha: seis de febrero de dos mil veinticinco Sala: Primera Rol Corte: Penal-89-2025 Ruc N°: 2400678514-6 Rit N°: 3554-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Copiapó. Ministros: Ministra señora Aída Osses Herrera, Ministro señor Pablo Krumm de Almozara y Ministro señor Carlos Meneses Coloma. Relator (ad hoc): Sara Nayte Lagues Abogado Asesor MP: Marcelo Peñailillo Defensor Penal Público: Ronny Es
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