MP/SEBASTIAN DE JESUS PAVON CASTRO
Rol
Fecha
6 de febrero de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendida la naturaleza del delito, la prognosis de pena, y habiendo señalado el imputado un domicilio en la comuna de Chillán, en el cual podría cumplir una medida cautelar de menor intensidad que la impuesta por el tribunal a quo, y atendida la distancia que existe entre aquél y el domicilio de la víctima, se considera suficiente para velar por la seguridad de ésta. Por lo razonado y lo dispuesto en los artículos 140, 155, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de uno de febrero de dos mil veinticinco, dictada en causa RIT 210-2025, por el Juzgado de Garantía de San Vicente de Tagua Tagua, que decretó la cautelar de prisión preventiva del imputado Sebastián de Jesús Pavón Castro, y, en su lugar, se decretan las medidas cautelares del artículo 155 letras a) d) y g) del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario parcial nocturno, desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas del día siguiente, en el domicilio de la comuna de Chillán mencionado en la audiencia de formalización, arraigo nacional y prohibición absoluta de acercarse a la víctima. Dese inmediata libertad al imputado si no estuviere privado de ella por otra causa o motivos. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 140-2025-Penal
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, seis de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Atendida la naturaleza del delito, la prognosis de pena, y habiendo señalado el imputado un domicilio en la comuna de Chillán, en el cual podría cumplir una medida cautelar de menor intensidad que la impuesta por el tribunal a quo, y atendida la distancia que existe entre aquél y el domicilio de la víctima, se considera su
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