SIN INFORMACION

VALDÉS/MINISTERIO Y SUBSECRETARIA SALUD

Rol

Fecha

6 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA-ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Gustavo Valdés Michea, deduciendo recurso de protección en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, señalando como acto ilegal y arbitrario el rechazo de las licencias médicas N°3-106359924; 3-107311017; 3-108192936; 3-109226667; 3-110234767; 3-111021238, del que tomó conocimiento el 9 de diciembre de 2024, mediante ordenanza notificada por su empleadora Ilustre Municipalidad de Combarbalá, lo que representa una vulneración a los derechos de integridad física y psíquica, igualdad ante la ley y de propiedad, consagrados en el artículo 19 N°1, 2 y 24 de la Constitución Política de la República. Sostiene que a propósito de las enfermedades que padecía su madre y los cuidados que ello significó, se le diagnosticó depresión y una alteración en la escala de evaluación de actividad global, por lo que por tal circunstancia y el posterior fallecimiento de su progenitora, le fueron extendidas sucesivas licencias médicas desde 21 de agosto de 2024. Expone que el 9 de diciembre de 2024, a través de una ordenanza municipal, se le informó que las licencias médicas reprochadas por esta vía se encontraban rechazadas o sin derecho a subsidio, motivo por el que se le ordenó arbitrariamente el reintegro de las remuneraciones percibidas, comunicación que le pareció extraña, debido a que en tiempo y forma recurrió respecto del rechazo de dichas licencias ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez. Afirma que por un error o falla que no le es imputable, se le solicitó el reintegro, encontrándose imposibilitado de hacerlo, añadiendo que el rechazo ha producido un empeoramiento en su salud mental. Culmina solicitando se deje sin efecto el rechazo de las licencias N°3-106359924; 3-107311017; 3-108192936; 3-109226667; 3-110234767; 3-111021238, procediendo a su pago y, consecuentemente, se deje sin efecto el proceso de reintegro ordenado, con costas. Acompaña a su recurso: 1. Ordenanza N°670 de la Ilustre Municipalidad de Combarbalá; 2. Pronunciamientos licencias médicas folio 3-106359924, de 27 de agosto de 2024; folio 3-107311017, de 16 de septiembre de 2024; folio 3-108192936, de 8 de octubre de 2024; folio 3-109226667, de 29 de octubre de 2024; folio 3-110234767, de 18 de noviembre de 2024; folio 3-111021238, de 2 de diciembre de 2024; 3. Informes médicos emitido por la médico cirujano con especialidad en Psiquiatría de adultos, Daniela Benavides Águila, de 12 de agosto, 17 de septiembre, 4 de noviembre, 9 de diciembre y 23 de diciembre, todos de 2024; 4. Correo electrónico con código de recurso de reposición N°c78dcc94, de 20 de septiembre de 2024; 5. Correo electrónico con código de recurso de reposición N°92adcf7b, de 29 de septiembre de 2024; 6. Correo electrónico con código de recurso de reposición N°927bcc45, de 6 de noviembre de 2024; y 7. Correo electrónico con código de recurso de reposición N°2db5c156, de 10 de diciembre de 2024. SEGUNDO: Que a folio 7, comparece la recurrida Comisión de

Fallo

Fallo del Recurso de Protección, se solicitó informe a dicha institución, el que fue evacuado a folio 10. Indica que el 9 de diciembre de 2024, por medio de Ordinario N°670, se le comunicó al recurrente que las licencias N°106359924, 107311017, 108192936, 109226667, 110234767 y 111021238, se encontraban rechazadas o sin derecho a subsidio, señalándosele el procedimiento a seguir, principalmente el derecho a apelar. Finalmente, indica que no se ha realizado ningún tipo de descuento en las remuneraciones concepto de licencias rechazadas. Acompaña a su informe: 1. Ordinario N°457, de 21 de agosto de 2024; 2. Copia de correo electrónico de 3 de septiembre de 2024, enviado por don Gustavo Valdés; 3. Copia de correo electrónico de 20 de septiembre de 2024, enviado por don Gustavo Valdés; 4. Copia de correo electrónico de 23 de septiembre de 2024, enviado por doña Dora Zepeda, encargada de licencias médicas; 5. Copia de correo electrónico de 29 de septiembre de 2024, enviado por don Gustavo Valdés; 6. Captura de pantalla respecto a licencia médica N° 109226667 y código 927bcc45; 7. Ordinario N°670, de 9 de diciembre de 2024; 8. Copia de correo electrónico de 10 de diciembre de 2024, enviado por don Gustavo Valdés; 9. Copia de correo electrónico de 23 de diciembre de 2024, enviado por don Gustavo Valdés; 10. Planilla de licencias médicas; y 11. Liquidaciones de sueldo de octubre, noviembre y diciembre de 2024. CUARTO: Que el recurso de protección de garantías constitucionales estab

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Valdés Michea, Gustavo Ministerio y Subsecretaría Salud Recurso de protección Rol N°8-2025 La Serena, seis de febrero dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Gustavo Valdés Michea, deduciendo recurso de protección en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, señalando como acto ilegal y arbitrario el rechazo de las licencias médicas N°3-106359924; 3-

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