BECERRA/CALLEGARI E HIJOS LIMITADA
Rol
Fecha
5 de febrero de 2025
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y considerando, en especial, que la multa impuesta por el tribunal a quo se justifica atendida su proporcionalidad con la entidad de la infracción cometida por la querellada, sustentada esta última en el tiempo durante el cual la actora no pudo utilizar el vehículo de su propiedad por haber ingresado a un taller mecánico elegido por la demandada, la que no ejerció las labores que le correspondían para velar porque el servicio contratado fuera adecuadamente prestado, todo lo cual, atendidas las circunstancias personales de la demandante, produjeron a esta los perjuicios y el detrimento psíquico establecido en autos, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 32 y siguientes de la Ley 18.287, SE CONFIRMA la sentencia de fecha uno de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la jueza del Segundo Juzgado de Policía Local de Copiapó, doña Mónica Calcuta Stormenzan. Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-31-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, cinco de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y considerando, en especial, que la multa impuesta por el tribunal a quo se justifica atendida su proporcionalidad con la entidad de la infracción cometida por la querellada, sustentada esta última en el tiempo durante el cual la actora no pudo utilizar el vehículo de su propiedad por
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