GIL GOMEZ KEVIN ESNEIDER/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
5 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que con fecha 27 de enero de 2025, comparece Ana María Escobar Catalán, abogada, en representación de Kevin Esneider Gil Gómez, ciudadano colombiano, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N° 110.758 de 6 de septiembre de 2021, que rechaza su solicitud de residencia temporal y dispone su abandono del territorio nacional en el plazo de 15 días del amparado, actuación que considera ilegal y arbitraria, atendido a que no pondera adecuadamente las circunstancias personales del amparado relativas a su arraigo familiar y laboral en Chile, vulnerando con ello el derecho a la libertad personal y seguridad individual que la Constitución Política de la República garantiza en su artículo 19 N° 7, por lo que solicita se deje sin efecto dicha resolución. Expone que el amparado ingresó al país de manera regular, huyendo de la constante violencia que se sufre en Colombia desde hace años. Su decisión de emigrar se basó en que en Chile reside toda su familia, incluyendo su madre Leymar Kaooly Gil Gómez, su abuela y tías maternas y su hermana, todas titulares de residencia definitiva, siendo su abuela materna titular de la nacionalidad chilena. Señala que obtuvo su primera visa temporaria mediante Resolución Exenta N° 227202 de 12 de octubre de 2016, como dependiente de su madre hasta el 17 de noviembre de mismo año. Posteriormente, se le otorgó una segunda visa temporaria por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, válida desde el 12 de septiembre de 2018 hasta el 12 de septiembre de 2019. Al vencimiento de esta última, envió una nueva solicitud de residencia temporaria por correos de Chile, número 112.097, de 29 de noviembre de 2019. Indica que mediante Resolución Exenta N° 110.758 de fecha 6 de septiembre de 2021, el entonces Departamento de Extranjería y Migración, rechazó su solicitud de residencia temporal y dispuso el abandono del país en un plazo de 15 días, por no haber presentado el certificado de antecedentes judiciales para fines migratorios vigente y apostillado dentro del plazo otorgado. Con fecha 29 de octubre de 2021, el amparado interpuso recurso administrativo conforme al artículo 142 bis del Decreto Supremo Nº597, el cual fue rechazado mediante resolución exenta N° 5245 de fecha 3 de febrero de 2023. Destaca que, según información entregada por la Policía de Investigaciones de Chile al Ex Departamento de Extranjería y Migración, el amparado no posee antecedentes negativos en su país de origen, por lo que no constituye un peligro para la sociedad chilena. Además, actualmente cuenta con contrato de trabajo indefinido desde el 7 de mayo de 2022 como reponedor en el supermercado Jumbo, con las respectivas cotizaciones previsionales al día. En cuanto a los fundamentos jurídicos, invoca el artículo 21 de la Constitución Política de la República en relación con el artículo 19 N° 7 letra a), sosteniendo que la orden de abandono vulnera su
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Kevin Esneider Gil Gómez en contra del Servicio Nacional de Migraciones, para el solo efecto que esta reabra el proceso administrativo y conferirle al recurrente un plazo prudencial para que allegue los antecedentes que obren en su poder y con su mérito, proceda a dictar la resolución que en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Ingreso Amparo N°380-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de febrero de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: PRIMERO: Que con fecha 27 de enero de 2025, comparece Ana María Escobar Catalán, abogada, en representación de Kevin Esneider Gil Gómez, ciudadano colombiano, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N° 110.758 de 6 de septiembre d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica