MANDIOLA/SÁNCHEZ
Rol
Fecha
6 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1) Que conforme lo dispone el artículo 369 del Código Procesal Penal, denegado el recurso de apelación, concedido siendo improcedente u otorgado con efectos no ajustados a derecho, los intervinientes podrán recurrir de hecho dentro de tercero día ante el tribunal de alzada. 2) Que el presente recurso de hecho fue deducido el cuatro de febrero en curso en contra de la resolución del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago pronunciada con fecha 30 de enero del mismo año, esto es, fuera del plazo que establece la ley. Por estas consideraciones, se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de hecho deducido en estos autos. Archívese en su oportunidad. N° Penal-606-2025.imm
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de hecho deducido en estos autos. Archívese en su oportunidad. N° Penal-606-2025.imm
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de febrero de dos mil veinticinco. Al folio N° 1: aténgase al mérito de lo que se resolverá. Vistos: 1) Que conforme lo dispone el artículo 369 del Código Procesal Penal, denegado el recurso de apelación, concedido siendo improcedente u otorgado con efectos no ajustados a derecho, los intervinientes podrán recurrir de hecho dentro de tercero día ante el tribunal de
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