ALMIRA WISLY/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
5 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, Pedro Elmine, deduce acción de amparo en favor de don WISLY ALMIRA, haitiano y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal, consistente en la dictación de la Resolución Exenta número N°24573586 de 13 de diciembre de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva del actor y dispuso su abandono del país dentro de 10 días, lo que vulneraría su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Señala que el amparado ya encontrándose en Chile y cumpliendo con la legalidad, solicitó su residencia definitiva con la intención de mejorar su calidad de vida. Expresa que mediante la Resolución Exenta N°24573586, se dispuso el rechazo de su solicitud fundado en que no cumple con los requisitos que lo habilitan para residir en el país, ya que no remitió la sanción correspondiente al artículo 107 de la ley 21.325 solicitada por la autoridad. Explica que por la barrera idiomática existente, tuvo problema para realizar el pago de la multa impuesta oportunamente, sin perjuicio de aquello, sostiene que dicho pago ya fue efectuado, por lo que, actualmente no se configura la causal por la que se dictó la orden de abandono. Pide que se deje sin efecto la resolución reclamada, revocando la orden de abandono dispuesta en su contra. A folio 7, informa el recurrido Servicio Nacional de Migraciones, señalando que el 27 de noviembre de 2021 el actor solicitó el beneficio de la residencia definitiva, con su permiso anterior vencido el 20 de junio de 2021, por lo que postuló encontrándose irregular en el país. Indica que mediante Comunicación Electrónica N° 45879838 de fecha 06 de septiembre de 2023 enviada al correo proporcionado por el recurrente, que su solicitud no cumplía con los requisitos para obtener el permiso de residencia impetrado. Refiere que transcurrido el plazo para subsanar la solicitud, no se logró desvirtuar los
Fundamentos
motivos de la causal del rechazo invocada, toda vez que el amparado no realizó el pago de la multa impuesta en su contra por residencia irregular dentro del plazo otorgado, de manera que mediante Resolución Exenta N° 24573586 de fecha 13 de diciembre de 2024 se rechazó la solicitud disponiendo su abandono del país por no haber realizado el pago de la sanción por residencia irregular a la fecha de dictación de la Resolución Exenta. Agrega que no consta que la persona extranjera haya presentado algún recurso administrativo como método de impugnación de la medida adoptada por el Servicio. En cuanto al comprobante de pago acompañado por el actor, señala que la sanción fue pagada con fecha 29 de diciembre de 2024, es decir, de manera posterior a la dictación de la Resolución Exenta, lo que acredita que efectivamente no pagó la multa solicitada oportunamente. A folio 9, se ordena traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, se impugna a través de esta vía cautelar es la Resolución Exenta N° 24573586, de 13 de diciembre de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó la solicitud de residencia definitiva del actor y dispuso el abandono del país dentro de 10 días, por no acreditar el pago de la multa impuesta como sanción por residir en Chile con el permiso de residencia vencido, conforme con lo establecido en los artículos 107 y 119 de la Ley N°21.325. Tercero: Que, el servicio recurrido refirió que el amparado no acreditó haber pagado oportunamente la multa por residir irregularmente en Chile, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 21.235, por cuanto el comprobante acompañado en autos, lo que fue debidamente corroborado por el abogado que compareció a estrados por el Servicio, corresponde efectivamente a la multa impuesta, pero solucionado de forma extemporánea, ya que se realizó con posterioridad a la dictación de la resolución recurrida. Cuarto: Que, sin perjuicio de que el actor no demostró haber pagado la multa por residencia irregular durante el procedimiento administrativo, sí acreditó dicho pago en esta instancia, por lo que cumple con el requisito exigido. Quinto: Que, por otro lado, de los restantes antecedentes acompañados, en especial, del certificado de cotizaciones de salud, contrato de trabajo y certificado de residencia, es posible establecer que el amparado mantiene arraigo laboral y social en el país.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de WISLY ALMIRA en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, por consiguiente, se deja sin efecto la Resolución Exenta número N°24573586 de 13 de diciembre de 2024, dictada por el referido Servicio, debiendo la recurrida reabrir el expediente administrativo y resolver lo que en derecho corresponde, considerando para ello que la multa establecida en el artículo 107 de la Ley 21.235, se encuentra satisfecha. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-329-2025.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, cinco de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, Pedro Elmine, deduce acción de amparo en favor de don WISLY ALMIRA, haitiano y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal, consistente en la dictación de la Resolución Exenta número N°24573586 de 13 de diciembre de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiv
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