C/LUIS EDGARDO HERMOSILLA OSORIO
Rol
Fecha
5 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que son tres los
Fundamentos
fundamentos que ha tenido esta Corte en consideración para resolver: Primero: El momento en que la defensa ha planteado esta incidencia de sobreseimiento, esto es, la misma audiencia, después de ser formalizado, oportunidad en que se consultó al señor fiscal sobre diligencias pendientes, habiendo concedido la juez el plazo de 120 días para cerrar la investigación.
Fallo
Por tanto, no obstante la facultad de la defensa de pedir el sobreseimiento en cualquier etapa del procedimiento, aquello no puede obstar a la atribución constitucional y legal del Ministerio Público de su obligación de investigar los hechos y perseguir su acción penal. Al respecto, es útil recordar lo establecido en el artículo 248 inciso primero del Código Procesal Penal, en relación al cierre de la investigación, de lo que se desprende que lo más importante es investigar y agotar las diligencias; en consecuencia, cabe colegir que es inoportuna la petición incoada. Segundo: Luego, lo que funda el sobreseimiento, está discutido no solo en los hechos sino además en el aspecto normativo que subyace detrás, en particular, el alcance del artículo 260 del Código Penal, en cuanto a la calidad de funcionario público, todo lo cual escapa al estándar del artículo 250 letra a) del cuerpo legal citado, que exige mucho más que una sentencia absolutoria. En consecuencia, no debe caber dudas de que el hecho no sea delito, y acá ocurre todo lo contrario, pues del debate persisten las dudas. Tercero: Finalmente, la existencia de diligencias pendientes a realizar por el Ministerio Publico en cumplimiento de su mandato constitucional y legal, impide también pronunciarse por ahora sobre esta pretensión. Por todas estas razones, esta Corte confirma, en lo apelado, la resolución dictada con fecha ocho de enero de dos mil veinticinco por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa RIT
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, cinco de febrero de dos mil veinticinco. Sala: Séptima Rol Corte: Penal-251-2025 Ruc: 2400969462-1 Rit : O-9418-2024 Juzgado: 4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo, la Ministra (I) señora Paula Rodriguez Fondon y el Abogado Integrante señor Jorge Andrés Hales De La Fuente Relator: Leyla Escobar Fiscal: Miguel
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