ROCO/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES
Rol
Fecha
5 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Mauricio Eduardo del Carmen Roco Manque, chileno, trabajador, cédula de identidad N°11.328.716-0, domiciliado para estos efectos en calle Puerto Natales Nº5837, Antofagasta, quien deduce recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, representada legalmente por Ítalo Ozzano Cabezón, ambos domiciliados en General Calderón Nº121, Providencia, Santiago, por el acto ilegal y arbitrario que vulnera la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, consistente en efectuar descuentos en sus remuneraciones. Informó la recurrida instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte recurrente señala que respecto de la Caja de Compensación recurrida solicitó un crédito con fecha 13 de febrero de 2019 por la suma de $4.656.658.- por concepto de capital, más los intereses correspondientes, pagaderos en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas por un valor de $146.498.- cada una. Refiere que, al verificar sus liquidaciones correspondientes al mes de julio de 2024 hasta la fecha de interposición del recurso, se percata que el sueldo liquido a recibir era considerablemente inferior a meses anteriores, y al analizar el detalle, constata que existía un descuento a favor de la caja de compensación por la suma de $213.111.-, lo que continúa hasta el día de hoy y va en aumento. Dice que le ha solicitado tanto a su empleador como a la caja de compensación que los descuentos no se realicen de forma automática en su liquidación de sueldo, quienes le indicaron que esto no era posible. Alega que el descuento en sus remuneraciones constituye un acto arbitrario e ilegal que provoca una privación y perturbación en su derecho de propiedad, ya que jamás fue informado por algún medio respecto de dicha decisión unilateral, lo que es reforzado por el artículo 21 de la Convención Americana de Derechos humanos. Asimismo, cita el artículo 22 de la Ley Nº18.833 y jurisprudencia. Solicita se ordene a la recurrida desistir en los descuentos por planilla efectuados sobre su remuneración mensual y la devolución de todos los dineros descontados con motivo del crédito, con costas. SEGUNDO: Que, informó la abogada Inés Riquelme Arao, en representación de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, solicitando sea rechazado el recurso por falta de oportunidad. Expone que con fecha 13 de febrero de 2019 otorgó al recurrente el crédito código 063CON101566175, por la suma de $4.656.658.-, a una tasa de 2.2%, en un plazo de 60 meses, con una cuota de $146.498.-, cuyo primer vencimiento fue el 30 de abril de 2019. Menciona que las primeras dos cuotas no fueron pagadas, toda vez que fueron diferidas por LM; las cuotas del mes de junio a diciembre de 2019 (3 a 9) se pagaron regularmente a través de descuentos efectuados en las remuneraciones de los mismos meses; las cuotas del mes de enero a abril de 2020 (10 a 13) no fueron pagadas, toda vez que fueron diferidas por LM; el titular con fecha 11 de mayo de 2021 pagó la suma de $550.179.-, más una bonificación de parte de la Caja por la suma de $1.060.999, y con ambos montos se dieron por pagadas las cuotas del mes de mayo de 2020 a marzo de 2021 (14 a 24); en forma posterior, el titular a través de descuentos efectuados en sus remuneraciones del mes de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2021, pagó las cuotas del mes de abril, mayo, junio y julio de 2021 (25 a 28); luego el titular a través de descuentos efectuados en sus remuneraciones del mes de febrero, marzo, julio, septiembre y octubre de 2022, pagó las cuotas del mes de agosto, septiembre, o
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por Mauricio Eduardo del Carmen Roco Manque en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes. Regístrese y comuníquese. Rol 19-2025 (PROTECCIÓN) 2
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Antofagasta, cinco de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: La comparecencia de Mauricio Eduardo del Carmen Roco Manque, chileno, trabajador, cédula de identidad N°11.328.716-0, domiciliado para estos efectos en calle Puerto Natales Nº5837, Antofagasta, quien deduce recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, representada legalmente por Ítalo Ozzano
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