JUZGADO DE LETRAS DE VILLARRICA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

5 de febrero de 2025

Materia

ALIMENTOS, AUMENTO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Juan Villa Muñoz, en contra de la resolución de fecha dos de diciembre de dos mil veinticuatro, escrita a folio 5 en el expediente digital, por improcedente atendida su forma de interposición. Devuélvase. N°Familia-17-2025.(acl/cwm)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Juan Villa Muñoz, en contra de la resolución de fecha dos de diciembre de dos mil veinticuatro, escrita a folio 5 en el expediente digital, por improcedente atendida su forma de interposición. Devuélvase. N°Familia-17-2025.(acl/cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, cinco de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Juan Villa Muñoz, en contra de la resolución de fecha dos de diciembre de dos mil veinticuatro, escrita a folio 5 en el expediente digital, po

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