SIN INFORMACION

CALLAHUARA FREDDY ADRIAN /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.

Rol

Fecha

5 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: Se interpone recurso de amparo en beneficio de FREDDY ADRIAN CALLAHUARA, de nacionalidad boliviana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°24589776, de 20 de diciembre de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispone el abandono del país. En el recurso indica que por la situación compleja de su país no ha podido obtener el certificado de antecedentes penales debidamente legalizado. Solicita que se acoja el recurso, se deje sin efecto la resolución impugnada, otorgándole plazo para acompañar el instrumento faltante o, en su defecto, se le permita postular nuevamente. Informa el Servicio recurrido, refiriendo que el amparado no acompañó el documento requerido, consistente en el certificado de antecedentes penales en original de su país natal, por lo tanto, se ha actuado conforme a derecho. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, en el caso de autos se cuestiona la legalidad de la Resolución Exenta N°24589776, de 20 de diciembre de 2024, sin proporcionar ninguna justificación que explique el incumplimiento de los requerimientos documentales de la autoridad migratoria y tampoco se indican razones precisas de ilegalidad de la conducta que se cuestiona. Tercero: Que, teniendo presente lo anteriormente expuesto y el hecho de no haber acompañado el documento solicitado y siendo el peticionario nacional de Bolivia, país que no presenta una situación socio-política particularmente compleja, no se advierte ilegalidad en el actuar del Servicio recurrido, razón por la cual el arbitrio no podrá prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo entablado a favor de FREDDY ADRIAN CALLAHUARA, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente Sr. Germán Manuel Núñez Romero, quien fue del parecer de acoger el presente arbitrio, debiendo el Servicio conceder al actor un plazo de noventa días hábiles para acompañar el documento antes referido en original, por estimar que la ilegalidad en el actuar del Servicio consiste en el carácter exiguo del plazo de que dispone el extranjero para obtener el certificado de antecedentes penales en original, vulnerándose con ello la Ley N° 19.880, dejándose sin efecto la Resolución Exenta recurrida. Regístrese, notifíquese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-317-2025.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de febrero de dos mil veinticinco. Visto: Se interpone recurso de amparo en beneficio de FREDDY ADRIAN CALLAHUARA, de nacionalidad boliviana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°24589776, de 20 de diciembre de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispone el abandono del país. En e

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