/GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
5 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece Galo Muñoz Velozo, abogado, en representación de don Freddy Andrés Carreño Morales, actualmente privado de libertad en el Centro Penitenciario Alto Bonito, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile, fundado en cuatro hechos. Expone que su representado ingresó a cumplir condena por los delitos de tenencia ilegal de armas prohibidas, secuestro, robo con intimidación, robo con violencia, robo en bienes, nacionales de uso público y hurto, el 20 de febrero de 2005, siendo el término de condena es el 27 de noviembre de 2051. En primer lugar, expone que la recurrida no ha postulado al amparado a los procesos de libertad condicional del segundo semestre del año 2023 ni el del primer y segundo semestre de 2024. Añade que conforme a la ficha única de condenado la fecha de postulación a libertad condicional se cumple el 4 de julio de 2025 y que, de acuerdo a lo resuelto en la causa amparo Rol 246.982-2023 conocida por la Excma. Corte Suprema, por las fechas de las condenas que registra, le es aplicable el estatuto contemplado en el D.L N°312 sobre Libertad Condicional, antes de la reforma introducida por la Ley N°20.931. En segundo lugar, señala que el 2022 su representado se matriculó en la carrera de técnico en trabajo social en el Instituto Profesional de Chile, destacando que no ha podido asistir a las clases sincrónicas y contar con un espacio adecuado para poder estudiar, a pesar de haber efectuado solicitudes al efecto a Gendarmería en los distintos centros penitenciarios en los que ha estado privado de libertad su representado y pese a lo ordenado por la Excma. Corte Suprema en rol amparo N°91.190-2021, lo que contraviene el fin resocializador de la pena y el rol que por mandato legal le cabe a la recurrida. En tercer lugar, sostiene que el amparado fue trasladado en mayo de 2023 desde el recinto penitenciario Colina 2 al penal Santiago Sur y que a través de una solicitud de cautela de garantías pr
Fundamentos
fundamentos esgrimidos en su acción de amparo constitucional y que ya fueron objeto del pronunciamiento de un tribunal de justicia, la que se encuentra firme y ejecutoriada. Acompaña a su presentación: 1.- Ficha única de condenado, correspondiente al amparado. 2.- Ficha de clasificación. 3.- Informe de Conducta 4.- Resolución Exenta N°4531 de la Subdirección Operativa de la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile, en que se autoriza el traslado del interno desde el CP de Valdivia al CP de Puerto Montt. 5.- Resolución Exenta N°600 de la Dirección Regional de Los Lagos que autorizó el ingreso del Interno condenado al módulo de máxima seguridad del Complejo Penitenciario de Puerto Montt junto a su informe técnico. 6.- Resolución Exenta N°742 de la Dirección Regional de Los Lagos que dispuso el egreso del condenado desde el módulo de máxima seguridad del Complejo Penitenciario de Puerto Montt. 7.- Informe técnico de traslado desde CP de Valdivia a CP de Puerto Montt. 8.- Acta de audiencia respecto de la legalidad de traslado a CP de Valdivia. 9.- Escrito de cautela de Garantías ante el 7° Juzgado de Garantía de Santiago. 10.- Acta de 11 de noviembre de 2024 en que
Fallo
se resuelve cautela de garantía y el amprado rechaza el traslado a Valdivia solicitado por su defensa. 11.- Transcripción de acta en que interno rechaza traslado a Valdivia. 12.- Solicitud de traslado fuera de la Región Metropolitana, Oficio Ordinario 8945 de 2023. 13.- Factibilidad negativa de traslado a Colina Oficio Ordinario N°2950 de 2024 de la Jefa de Control Penitenciario. 14.- Oficio Reservado N°170 de 2024 en que se solicita el traslado del condenado desde Complejo Penitenciario de Valdivia. 15.- Oficio respuesta N°8973-2023 negativa de Santiago Sur a modalidad online de estudios. 16.- Resolución Exenta N°11523 de la Dirección Nacional de Gendarmería que aprueba las normas de funcionamiento de los Consejos Técnicos. A folio 14, encontrándose en estado de ver, se trajeron extraordinariamente los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO Primero: Que el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza a los derechos fundamentales antes aludidos, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite, con el fin de que se ordene guardar las formalidades legales y se adopten de inmediato l
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, cinco de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, comparece Galo Muñoz Velozo, abogado, en representación de don Freddy Andrés Carreño Morales, actualmente privado de libertad en el Centro Penitenciario Alto Bonito, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile, fundado en cuatro hechos. Expone que su representado ingresó a cumplir conde
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica