A.F.P. PLANVITAL S.A. CON I MUNICIPALIDAD DE LOS ANDES
Rol
Fecha
5 de febrero de 2025
Materia
EJECUTIVO PREVISIONAL
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de los
Fundamentos
considerandos sexto y séptimo y, se tiene en su lugar, además presente: Que, teniendo únicamente presente que por sentencia ejecutoriada dictada el ocho de junio de dos mil veintiuno, por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Los Andes, en los autos RIT O-45-2019, se estableció como la última remuneración mensual del trabajador, para efectos de lo previsto en el artículo 172 del Código del Trabajo, la suma de $1.002.949, deberá estarse a dicho monto para el cálculo de las cotizaciones previsionales correspondientes, no resultando efectivo que se haya incurrido en un error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo previsto en el artículo 8 de la Ley N° 17.322, se revoca la sentencia apelada de treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Los Andes y, en su lugar se declara, que se rechaza la excepción opuesta a la ejecución por la Ilustre Municipalidad de Los Andes, debiendo seguirse adelante con la ejecución, hasta hacer entero pago al ejecutante de las sumas que correspondan, sin costas, por haber litigado el Municipio referido con motivo plausible. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-50-2025.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de febrero de dos mil veinticinco. bl imer y segundo otros VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de los considerandos sexto y séptimo y, se tiene en su lugar, además presente: Que, teniendo únicamente presente que por sentencia ejecutoriada dictada el ocho de junio de dos mil veintiuno, por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de
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