SIN INFORMACION

ORELLANA/BUILDING MANAGER LTDA

Rol

Fecha

5 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece CECILIA JEANNETTE ORELLANA MERA, Rut 8.821.426-9, pensionada, domiciliada en calle San Pablo N° 1340, Departamento 1032, Santiago, interpone recurso de protección en contra de la sociedad BUILDING MANAGER LTDA, administradora de edificios, representada legalmente por Javier Rodríguez Pérez, ambos con domicilio en SAN PABLO Nro. 1340, Primer Piso, comuna y ciudad de SANTIAGO. Sostiene que desde el 9 de septiembre de 2024 la recurrida ha ejecutado distintas acciones tendientes a dejar sin suministro eléctrico y los restantes servicios domiciliarios a la unidad que arrienda, impidiéndole el acceso al edificio al bloquear la llave de acceso electrónica, o bien suspender el suministro de luz y agua, forzándola a usar los servicios del primer piso, pese a tener sus pagos de arrendamiento al día, sin intimarle para ello alguna orden judicial. Estima que lo anterior constituye un acto ilegal y arbitrario que afecta las garantías fundamentales consagradas en los numerales 1, inciso 4°, y 24, del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide, en definitiva, acoger la presente acción y ordenar a la recurrida que se abstenga de realizar acciones u omisiones que priven, perturben y amenacen el uso y goce de su derecho a residir en el edificio, especialmente abstenerse de cortar la luz o realizar cualquier otra privación, perturbación o amenaza, todo bajo apercibimiento legal, o lo que esta Corte estime que en derecho corresponda, con expresa condena en costas. Segundo: Que notificado el recurso y su provisto a las personas representantes de la sociedad denunciada, mediante dos presentaciones distintas la empresa Building Manager Ltda., actuando a través de su representante legal, sostuvo no tener relación con los hechos o la recurrente, razón por la que no aportó antecedente alguno de estos hechos, pero sí de la constitución social y giro tributario. Notificada la recurrente a través de su abogado patrocinant

Fallo

Por estas consideraciones y conforme con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige en la materia, se rechaza, sin costas la acción constitucional interpuesta por el abogado, en representación de Cecilia Orellana Mera Redacción de la Fiscal Judicial Troncoso Bustamante Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N° 19.811-2024 Protección. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con los ministros Patricio Martínez Benavides, Claudia Lazen Manzur y Fiscal Judicial Carla Troncoso Bustamante. No firma la ministra Claudia Lazen Manzur por encontrarse con feriado legal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cinco de febrero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece CECILIA JEANNETTE ORELLANA MERA, Rut 8.821.426-9, pensionada, domiciliada en calle San Pablo N° 1340, Departamento 1032, Santiago, interpone recurso de protección en contra de la sociedad BUILDING MANAGER LTDA, administradora de edificios, representada legalmente por Javier Rodríguez Pérez, amb

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