SIN INFORMACION

NUÑEZ FUENMAYOR CRHISTOPHER / SUBSECRETARIA DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

4 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Vistos: 1°. Que, se ha recurrido de protección a favor de Christopher José Nuñez Fuenmayor en contra de la Subsecretaría del Interior, solicitando que esta Corte restablezca el imperio del derecho, ordenándole a la recurrida dejar sin efecto la resolución que se impugna. 2°. Que, de los documentos acompañados se desprende que la afectada tiene su domicilio en la comuna de La Florida, Región Metropolitana, de lo que se concluye que el acto supuestamente arbitrario o ilegal se cometió o produjo sus efectos en una ciudad que está fuera del territorio jurisdiccional de esta Corte de Apelaciones, la que en consecuencia es incompetente para conocer y resolver de esta acción de cautela de garantías constitucionales. Por lo expuesto y teniendo en consideración lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y artículos 55 y 63 numeral 2° letra b) del Código Orgánico de Tribunales, se declara que esta Corte de Apelaciones es incompetente para conocer y resolver el recurso deducido a favor de Christopher José Nuñez Fuenmayor, debiendo remitirse vía interconexión, por la vía más rápida los antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, por estimarse que le corresponde el conocimiento y resolución de este asunto, sirviendo la presente resolución de atento oficio remisor. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-278-2024.

Fallo

Por lo expuesto y teniendo en consideración lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y artículos 55 y 63 numeral 2° letra b) del Código Orgánico de Tribunales, se declara que esta Corte de Apelaciones es incompetente para conocer y resolver el recurso deducido a favor de Christopher José Nuñez Fuenmayor, debiendo remitirse vía interconexión, por la vía más rápida los antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, por estimarse que le corresponde el conocimiento y resolución de este asunto, sirviendo la presente resolución de atento oficio remisor. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-278-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de febrero de dos mil veinticinco. Proveyendo a folio 3, “En cumplimiento de lo ordenado”: Por cumplido lo ordenado Resolviendo derechamente al escrito de folio 1: A todo: Vistos: 1°. Que, se ha recurrido de protección a favor de Christopher José Nuñez Fuenmayor en contra de la Subsecretaría del Interior, solicitando que esta Corte restablezca el imperio del

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